jueves, 11 de septiembre de 2008

LOS OBJETORES DE MADRID NO ACUDIRÁN A CLASE DE EPC






Madrid, 11 de septiembre de 2008. Esta misma semana los centros educativos de la Comunidad de Madrid están recibiendo una circular de la Consejería de Educación en la que se aborda el conflicto de conciencia que las diferentes asignaturas que conforman EpC ha provocado en numerosos padres. En resumen, la circular de la Consejería:

. Reconoce haber recibido escritos en los que los padres comunican a la Consejería que, “por razones de conciencia” y en ejercicio del “derecho fundamental a la libertad ideológica reconocida en el artículo 16 de la Constitución española” han decidido que sus hijos no asistan a las clases de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos o Educación ético-cívica (ambas materias forman parte del área curricular de Educación para la Ciudadanía, para 2º y 4º de ESO respectivamente).

· Recuerda que la postura de los padres ha sido ya respaldada por Tribunales Superiores de Justicia en otras Comunidades autónomas, que han exigido a las correspondientes Administraciones educativas que declaren exentos a los alumnos objetores de la obligación de cursar esta asignatura.

· Establece que los alumnos objetores deberán ser atendidos durante la clase de Educación para la Ciudadanía o Educación Ético-Cívica dando por hecho que no asistirán a clase. En ese aspecto, la Consejería indica que los objetores deberán realizar un trabajo individual sobre la Constitución española y los valores que la informan, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político y prestar alguna actividad de voluntariado. Esta situación se mantendrá hasta que el Tribunal Supremo dicte sentencia unificando la doctrina en torno a la objeción a Educación para la Ciudadanía.

Para Jaime Urcelay, presidente de PROFESIONALES POR LA ÉTICA, es positivo que se reconozca la existencia de objeciones de conciencia (al menos se han presentado 11 531 en la Comunidad de Madrid) y que se establezcan actividades alternativas que garanticen la adecuada atención educativa. «Sin embargo», asegura, «el Gobierno madrileño debería declarar exentos de estas asignaturas a los objetores ya que ese fue el compromiso que adquirieron en Marzo y que han reiterado en diversas ocasiones tanto desde la Consejería de Educación como desde la propia Presidencia. Más de 30 sentencias de Tribunales Superiores de Justicia y gobiernos como el de La Rioja (gobernado por el Partido Popular) ya han declarado exentos a los alumnos objetores. Además, recordamos a la Comunidad de Madrid que lo que la resolución del Tribunal Supremo no será definitiva; estamos dispuestos a llegar a Estrasburgo en defensa de nuestros derechos fundamentales”.

En todo caso, Urcelay insta a los padres a objetar masivamente en este principio de curso ya que el área de Educación para la Ciudadanía se implanta en toda España.

Las polémicas asignaturas han provocado ya 44 513 objeciones y unos 500 recursos judiciales. A pesar de ello, la ministra de Educación, Política Social y Deporte aseguraba hace unas semanas que “no había ningún problema con Educación para la Ciudadanía y se implantaba normalmente”.

viernes, 5 de septiembre de 2008

LA JUSTICIA DA LA RAZÓN A OBJETORES DE ALBACETE


La Justicia da la razón a familias de Albacete contrarias a Educación para la Ciudadanía.

El auto contempla la suspensión cautelar de la obligación de cursar la asignatura a seis alumnos. La Junta anuncia que recurrirá la decisión y que ésta no influirá en la implantación de la materia

03.09.08 - LA VERDAD

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete ha dado la razón a dos familias albaceteñas contrarias a que sus hijos estudien Educación para la Ciudadanía. El auto contempla la suspensión cautelar de la obligación de tener que cursar la asignatura a seis alumnos y es el primero de este tipo que se da en Castilla-La Mancha.

El Gobierno regional, por su parte, anunció ayer que recurrirá el auto emitido por el juzgado albaceteño y añadió que éste «no tendrá ningún efecto real» sobre la implantación de estas enseñanzas en los centros docentes de la Región, prevista para este curso 2008-2009 en Segundo de ESO.

Según recordó la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos (Concapa) de Albacete, la Consejería de Educación empezó a contestar este verano los primeros recursos planteados por familias que se oponen a la asignatura, alegando que los padres «no tienen derecho a objeción».

Debido a ello, «en agosto se presentaron los primeros contenciosos por una vía judicial rápida de protección de derechos fundamentales, que es donde se ha producido este primer auto de medidas cautelares».

A juicio de la presidenta de Concapa Albacete, Caridad Navarro, la decisión judicial «es otro espaldarazo más para los padres objetores, que no inventamos nada ni somos extremistas sino que, simplemente, somos padres bien informados dispuestos a defender nuestros derechos».
En opinión de Navarro, el hecho de que Educación para la Ciudadanía sea obligatoria y evaluable «va contra la Constitución», añadiendo que «aunque muchas editoriales han suavizado los contenidos por razones comerciales, los decretos dicen bien claro que nuestros hijos serán evaluados de acuerdo a las opiniones y actitudes que esta asignatura quiere inculcar al margen de los padres. Esto constituye un ataque a su intimidad, así como al derecho a no declarar sobre contenidos de conciencia y al derecho de los padres a tutelar la formación de los hijos (artículo 27.3 de la Constitución), algo inaceptable y propio de Estados totalitarios».

Sentencias favorables
Según Concapa, actualmente el movimiento objetor cuenta con 40 sentencias favorables de los tribunales superiores de Andalucía, La Rioja y Aragón, y con más de 70 autos judiciales accediendo a medidas cautelares como las del Juzgado de Albacete.

El Gobierno de Castilla-La Mancha señaló que «aunque respeta todas las decisiones judiciales» recurrirá el auto del juzgado albaceteño porque «no está de acuerdo en los términos en que se produce, al no compartir la urgencia alegada en el mismo, toda vez que sólo uno de estos seis alumnos cursará una de las materias objeto del recurso, que no se trata de Educación para la Ciudadanía sino de Educación ético-cívica de Cuarto de la ESO».

2008/2009: el curso en que nos enfrentamos a EpC


Manuel Martín-Gaitero, presidente de Ciudad Real en Libertad

La próxima semana comienza el curso escolar en Primaria y la siguiente en ESO y Bachillerato. El nuevo curso nos trae una nefasta novedad: el paquete de asignaturas “Educación para la Ciudadanía” que, con la intención común de formar la conciencia moral de los niños y diversa denominación según nivel, se estrenan en 2º y 4º de ESO y en 1º de Bachillerato.

A esta fecha, la situación del conflicto que enfrenta a familias y administración educativa por este motivo es la siguiente:

  • 44.000 objeciones de conciencia en España, de las cuales corresponden 9.000 a Castilla-la Mancha y, de ellas, 600 a Ciudad Real.

  • 22 sentencias en La Rioja, 10 en Andalucía y 2 en Aragón reconocen el derecho de los padres a la objeción de conciencia frente a EpC, a las que hay que añadir medio centenar de medidas cautelares eximiendo de estas asignaturas a los hijos de las familias que esperan sentencia. Una más en Andalucía revoca parcialmente los contenidos de la asignatura. Centenares de recursos contencioso-administrativos entran estos días en los tribunales y juzgados de toda España.

  • Dos CCAA reconocen ya directamente el derecho a la objeción de conciencia frente a EpC: Madrid y La Rioja. Otras, como Valencia y Murcia, lo hacen de modo más ambiguo. Se espera que el PP unifique criterios en los próximos días.

  • Los padres objetores de Ciudad Real llevan tres meses esperando ser recibidos por el presidente de Castilla-La Mancha para tratar este tema. Barreda ha cesado como consejero de Educación a Valverde, que demostró una postura intransigente y radical en el debate sobre EpC en las Cortes regionales el pasado abril. Esperamos que el nuevo equipo de gobierno regional muestre mejor talante, inteligencia política para no agravar el conflicto y respeto a los derechos constitucionales de las familias.

  • Mientras tanto, la mitad de los colegios religiosos de la provincia han elegido el libro de texto de Educación para la Ciudadanía que recomendó el presidente Zapatero en el debate en el Congreso: el manual de SM cuyo autor es J. A. Marina. ¿En eso consiste la adaptación de la asignatura al ideario católico que prometieron estos centros a los padres de sus alumnos? Y por cierto, en estos tiempos de crisis económica y recortes en la Junta de Comunidades, ¿podría decirnos la Consejería de Educación en cuánto va a aumentar la factura del programa de gratuidad de los libros de texto, gracias a las nuevas asignaturas del lote EpC?

    Es probable que el Tribunal Supremo unifique doctrina sobre este asunto antes de que acabe el curso, consolidando las resoluciones de la mayoría de los Tribunales territoriales que ya han reconocido el derecho a la objeción de conciencia aplicado a esta materia. Ojalá no fuera necesario que la Justicia tenga que recordar a nuestros gobernantes que están obligados a cumplir y hacer cumplir la Constitución, incluyendo la libertad ideológica y religiosa de los ciudadanos y el derecho de los padres a decidir la educación moral de sus hijos.

    El gran reto de nuestro sistema educativo (responsables políticos, profesores, familias) es elevar la calidad de la enseñanza española a niveles homologables con el resto de Europa. No perdamos tiempo, esfuerzo y dinero en proyectos de ingeniería social mal disimulada. Si nos centramos en lo primero, descartando lo segundo, nuestros hijos tendrán una buena educación, serán personas, serán ciudadanos de un país verdaderamente democrático. Tal vez entonces recordemos con satisfacción el curso en que nos enfrentamos a Educación para la Ciudadanía.

miércoles, 30 de julio de 2008

¿CHAVES O CHAVEZ?



COMUNICADO DE PRENSA DE POPULR TV CON MOTIVO DE LA CONCESIÓN DE LICENCIAS DE TDT LOCAL POR PARTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

La decisión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por la que se han otorgado 163 concesiones de Televisión Digital Terrestre (TDT) de ámbito local y gestión privada, hecha pública este martes 29 de julio, supone una discriminación al Grupo COPE que ha desarrollado desde el año 2001 una de las redes de televisión local de referencia. Las concesiones, dadas a conocer este martes, favorecen a los grupos mediáticos más afines al Gobierno de Manuel Chaves e impulsan una concentración contraria al pluralismo informativo. Popular TV que concurría en las demarcaciones de Málaga, Sevilla y Córdoba, a través de iniciativas en las que participaban las tres diócesis, no ha resultado adjudicataria de ninguna licencia. Las emisoras de televisión del Grupo COPE tienen una gran implantación en las ciudades de Sevilla y Málaga, emiten desde hace seis años una amplia programación de proximidad y han creado numerosos puestos de trabajo que son puestos en peligro por esta decisión. En las tres capitales andaluzas el respaldo que ha dado la audiencia a Popular TV ha sido masivo. La Junta de Andalucía no ha tenido en cuenta para sus adjudicaciones el trabajo a favor de una televisión local de calidad que el Grupo COPE viene realizando y ha preferido, en algunos casos, conceder licencias a empresas y grupos de comunicación que no tienen experiencia en la producción y emisión de televisión y que no están generando empleos en el sector. Algunas de las emisoras que han obtenido licencias emiten habitualmente pornografía.

Preocupante es la concentración de medios que se produce tras estas concesiones, especialmente a favor del entorno del Grupo Prisa. La Junta de Andalucía en su momento concedió canales de TDT autonómicos a Localia y Vocento. Ahora la Junta de Andalucía concede licencias locales a Agrupación Radiofónica, una empresa que participa en el capital de Localia, en demarcaciones con mucha población como las de Algeciras, Cádiz, Huelva, Sevilla, Málaga y Córdoba.
Popular TV va a emprender acciones legales contra la decisión tomada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en la concesión de las licencias locales de TDT.

NI UN PASO ATRÁS (NUEVA VERSIÓN)

martes, 22 de julio de 2008

18 sentencias de TSJ respaldan ya a los objetores a EPC








El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria da un primer paso favorable a los objetores.

REDACCIÓN HO.- Entre el jueves 17 y el viernes 18 se han conocido 14 nuevas sentencias emitidas por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en favor de los objetores a Educación para la Ciudadanía (EpC). Estas resoluciones se unen a la sentencia dictada por el mismo Tribunal el pasado 8 de julio.

Además, según informa Profesionales por la Ética en un comunicado, en los últimos días de la pasada semana también han sido notificados dos autos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de Cantabria que han ha dado la razón a varios padres objetores en cuanto a la vía elegida para la tramitación del procedimiento jurídico. En dos autos fechados el 15 de julio, el Tribunal cántabro resuelve la impugnación presentada por los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria, en la que se negaba que en las resoluciones de la Consejería de Educación denegando el derecho de objeción de los padres hubiera indicios de violación de derechos fundamentales.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria entiende en estos autos que los derechos que los padres entienden vulnerados con esta asignatura sí son derechos fundamentales, reconocidos como tales en nuestra Carta Magna. Afirma igualmente que los recurrentes no sólo han individualizado dichos derechos indicando expresamente cuáles son, sino que además realizan "una exposición de los argumentos que fundamentan el recurso interpuesto, vinculado a los artículos 16.1 y 27.3 de la Constitución Española en los que se recogen los principios de libertad ideológica y religiosa y el derecho que asiste a los padres para que reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones que estiman se vulneran con el estudio de las asignaturas de Educación para la Ciudadanía". Concluye el Tribunal su resolución indicando que al hacer referencia los recursos a la posible vulneración de derechos fundamentales, su tramitación debe continuar por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, tal y como solicitaban los padres objetores.

Como explica, José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria se ha decidido a seguir el camino emprendido por los tribunales superiores de justicia de Andalucía y La Rioja. Estos tribunales primero admitieron los procedimientos jurídicos por la vía de protección de los derechos fundamentales, después permitieron (mediante autos de medidas cautelares) que los hijos de los objetores no acudiesen a clase de EpC y finalmente dictaron sentencia favorable al derecho de los padres a objetar a la asignatura.

El Tribunal riojano, por su parte, ha resuelto ya quince demandas de padres objetores a EpC. En La Rioja, sin embargo, la polémica asignatura no se implantará hasta el próximo mes de septiembre. Además, el Gobierno riojano (en manos del Partido Popular) ha asegurado que en los decretos autonómicos de la materia había suprimido los contenidos ideológicos o adoctrinadores y por tanto no cabía objeción de conciencia alguna a la asignatura, tesis claramente desautorizada por el TSJ.

Las sentencias del TSJ de la Rioja se suman así a las tres dictadas por el TSJ de Andalucía. Las resoluciones andaluzas fueron las primeras en reconocer la objeción de conciencia frente a la asignatura. En los tres casos, el TSJ andaluz aplicó los derechos constitucionales y la jurisprudencia española así como la jurisprudencia más vanguardista del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Así, recordó que el interés público consiste, precisamente, en garantizar los derechos, lo que "justifica la existencia del Estado y sus potestades".

Nuevos argumentos jurídicos

Como explica Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, las sentencias de La Rioja introducen, además, algunas novedades jurídicas que, sin duda, desmontan los argumentos de los que han negado la posibilidad de objetar a EpC. Las 15 sentencias del Tribunal riojano recogen, como novedad respecto a Andalucía, los siguientes argumentos:
  • No es de recibo afirmar que fuera de la previsión del artículo 30 de la Constitución española (objeción de conciencia para la exención del servicio militar) no cabe la objeción de conciencia y, por tanto, no pueden eficazmente alegarse las propias creencias o convicciones de los padres para obtener la exención de la obligatoriedad de que sus hijos menores cursen una asignatura, cuyos contenidos, objetivos y criterios de evaluación resultan radicalmente contrarios a sus ideas, creencias y convicciones.
  • Como ha destacado la doctrina, con la Constitución española de 1978 se ha querido ofrecer un estatuto completo de la libertad, efectivo por sí mismo, que no necesita de ningún complemento para ser operativa inmediatamente.
  • Como quiera, además, que la objeción de conciencia es un derecho fundamental integrante del derecho fundamental de libertad ideológica, ha de concluirse que la inexistencia de ley que regule la objeción planteada en este caso no es obstáculo que impida la admisión del presente recurso, donde a través de tal objeción se solicita, motivadamente, la tutela de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 16 y 27.3 de la Constitución.
  • El desarrollo de la personalidad ha de ser libre -artículo 10. 1 de la Constitución Española-, de modo que resulte de los actos y las actitudes elegidas a lo largo de la vida de las personas desde su infancia, es decir, durante el proceso de formación de la personalidad. Y precisamente porque esto es así, es por lo que el artículo 27.3 de la Constitución española hace referencia al derecho de los padres a decidir sobre la formación moral de sus hijos, pues a éstos es a quienes corresponde la función de educarlos -artículo 154 del Código civil-, en orden al desarrollo de la personalidad de aquellos.
  • El artículo 27.2 de la Constitución dispone que "La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales". La Constitución no distingue entre una "ética pública", supuestamente amparada en dicho precepto, y una "ética privada", supuestamente amparada en el artículo 27.3. El artículo 27.2 autoriza la regulación de una educación para la ciudadanía en la que el libre desarrollo de la personalidad debe ser compatible con el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
  • La supuesta dualidad ética pública - ética privada no tiene el menor amparo constitucional. La conducta humana de cada persona se rige por las normas de una sola ética, con la que se resolverá el juicio moral concreto sobre cada acción de las personas.
  • Los ámbitos de los artículos 27.2 y 27.3 de la Constitución no son, paralela y respectivamente, los de una moral pública y una moral privada, sino que el ámbito del artículo 27.2 se refiere sólo al respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, pero estos principios, derechos y libertades no son más que una parte de la denominada moral pública. Y de admitirse este concepto, el ámbito del artículo 27.3 de la CE abarcará la moral pública en todo lo demás que no sea ese respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, y abarcará también la completa moral privada.
  • La difusión por el Estado a través del sistema educativo de la denominada ideología de género, no se ajusta al artículo 27.3, que cuando garantiza el derecho de los padres para que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones, "está estableciendo una órbita de libertad privada y de terreno acotado para el poder público, impidiendo formaciones ideológicas imperativamente predispuestas desde el Estado" (Auto del Tribunal Constitucional 276/1983).

Para Urcelay, "el respaldo judicial a los objetores a Educación para la Ciudadanía es, a estas alturas, incuestionable y sienta jurisprudencia. En los próximos días es probable que se conozcan más sentencias favorables ya que se han dictado autos (resoluciones provisionales) que permiten que los hijos de padres objetores a la asignatura no entren a clase de EpC en Andalucía, La Rioja y Huesca. Va siendo hora de que el Gobierno y las administraciones autonómicas den algún paso para resolver este conflicto que se ha producido, precisamente, por falta de diálogo y voluntad de consenso".

martes, 8 de julio de 2008

¿QUÉ HAY DE NUEVO EN EPC?


José Blanco considera que EpC es necesaria para aprender a usar el preservativo mientras la polémica asignatura sustituye a Ética en 4º de ESO


A estas alturas del año, todavía hay quien piensa que la polémica Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) es una asignatura. Realmente, se trata de un área de contenidos que agrupa a su vez a varias materias escolares.

EDUCACIÓN ÉTICO-CÍVICA

Así, una de las novedades del próximo curso escolar es que EpC se implantará, con carácter obligatorio, en toda España en 3º o 2º de ESO (a criterio de cada comunidad autónoma), en 4º de ESO y en Bachillerato. En esta última etapa la asignatura mantiene en parte los antiguos contenidos de Filosofía I aunque cambia su nombre por el de Filosofía y Ciudadanía.

La culminación ideológica de EpC en Educación Secundaria se llama Educación Ético-Cívica. Se impartirá por primera vez durante el curso 2008-2009 en 4º de ESO en todas las comunidades autónomas. Esta nueva materia, al igual que EpC de 3º o 2º de ESO, incluye objetivos como «profundizar en los principios de ética personal» y abordar «contenidos relativos a las relaciones humanas y a la educación afectivo-emocional», o ayudar a los alumnos a «construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos». Sin embargo, Educación Ético-Cívica incorpora algunas novedades. Así, en el decreto de contenidos mínimos dictados por el entonces Ministerio de Educación (BOE 5 de enero de 2007), esta asignatura incluye contenidos como «los dilemas ético-cívicos, considerando las posiciones y alternativas existentes», «los interrogantes del ser humano o los derechos humanos como una conquista histórica inacabada». Igualmente, Educación Ético-Cívica pretende comprobar «si el alumno comprende el pluralismo moral y si utiliza adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales».

Como sucede con todas las materias escolares, a partir de los contenidos mínimos establecidos por el Gobierno central, las comunidades autónomas establecen sus propios contenidos. Y este desarrollo autonómico ofrece algunas novedades.

Así, por ejemplo, el decreto gallego que desarrolla Educación Ético-Cívica (Diario Oficial de Galicia, 13 de julio de 2007) establece que los alumnos deberán identificar las principales etapas en la conquista de los derechos humanos, incluida la «tercera generación de derechos». La misma Comunidad introduce un criterio de evaluación que comprobará «si las alumnas y los alumnos entienden y aceptan la propia identidad como algo construido y no dado, que es posible redefinir».

Por su parte, el decreto del Gobierno vasco que desarrolla EpC (BOPV, 13 de noviembre de 2007) afirma que, con esta materia obligatoria, «el alumnado se enfrentará a situaciones que exigen tomas de posición y juicios de valor, lo que potencia la actividad crítica sobre los propios valores y conductas». Concretamente, Educación Ético-Cívica, en su versión vasca, se centra en «la construcción de valores morales ligada a la educación del juicio moral». Esta asignatura incluye también el concepto de «orientación sexual» y establece, como criterio de evaluación, que el alumno «proporcione diferentes respuestas a una misma situación éticamente problemática de acuerdo a diferentes teorías éticas».

La Comunidad de Aragón (BOA, 1 de junio de 2007), por su parte, establece una metodología específica de trabajo para Educación Ético-Cívica en la que el alumno «trabajará temas que impliquen conflictos de valores o presenten aspectos controvertidos desde el punto de vista social». Partiendo de situaciones reales o hipotéticas, los alumnos abordarán problemas morales, por escrito o de forma oral, plasmando sus reflexiones con argumentos razonados.

Educación Ético-Cívica en el Principado de Asturias y la Comunidad de Cantabria (BOPA, 12 de julio de 2007 y BOC, 25 de mayo de 2007) pretenden evaluar si los alumnos emplean adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales «y su grado de conocimiento y respeto a las posiciones divergentes de los interlocutores tanto en el aula como en el ámbito familiar y social».

Cataluña, por su parte, incluye entre sus contenidos de Educación Ético-Cívica (DOGC, 29 de junio de 2007), «la interpretación del significado histórico y plural de las pautas culturales y valores morales de los individuos y las sociedades actuales».

Para Fernando López Luengos, profesor de Filosofía, «hasta ahora, la asignatura de Ética había respetado la neutralidad ideológica del sistema educativo. La Ética como ciencia, trata del bien en general y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia. Se trata pues de la reflexión que nos conduce al descubrimiento del sentido de la vida y a la felicidad como plenitud humana. Por su contenido y por sus objetivos es una de las disciplinas que más directamente afectaría a la dimensión íntima personal que nuestra Constitución protege como elemento esencial de una convivencia democrática plural. Por este motivo», asegura, «la enseñanza de la asignatura de Ética en la LOGSE se limitaba a una enseñanza filosófica (por lo tanto, crítica, racional) que en nada pretendía entrar en la dimensión personal del alumno. Se pretendía enseñar Ética y no una ética, reflexionar sobre las teorías éticas y no construir la conciencia moral de los alumnos desde los supuestos de una teoría ética concreta. Esto es algo evidente que los profesores hemos respetado con absoluta naturalidad».

Para Fabián Fernández de Alarcón, secretario general de PROFESIONALES POR LA ÉTICA, es muy evidente que Educación Ético-Cívica se introduce de lleno en la moral personal y familiar de los alumnos. «A éstos», asegura, «se les va a examinar no de su conocimiento de las teorías éticas a lo largo de la historia sino de sus criterios morales y los de su familia, lo cual supone una intromisión y un adoctrinamiento inaceptables».

EpC SEGÚN SUS DEFENSORES

Por otra parte, fuentes de la asociación PROFESIONALES POR LA ÉTICA aseguran que la cara real de EpC la muestran sus defensores. Así, a título de ejemplo:

* José Blanco, secretario general del PSOE, aseguró que para detener el aborto era necesario aumentar la información sobre el uso de métodos anticonceptivos, un asunto que, según el dirigente socialista, algunos rechazan que esté en EpC (Forum Nueva Economía, 25 de junio de 2008).

* José Luis Pérez Iriarte, ex director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, afirmó en una comparecencia pública en el Ministerio de Educación (6 de junio de 2006) que con EpC «se trata de transmitir un cuerpo de conocimientos que permita manejarse en el conjunto de la ciudadanía pero sobre todo de educar en comportamientos y actitudes propios de la educación ciudadana». En efecto, en los criterios de evaluación en ESO se evalúan «las habilidades sociales adquiridas» o «los comportamientos», lo que denota las pretensiones ideologizantes de la asignatura.

* Alejandro Tiana, secretario de Estado de Educación en la anterior legislatura, aseguró, en defensa de EpC como proyecto de educación moral, que «el principio de que la educación sea subsidiaria respecto a las familias no es un principio aceptable para un sistema educativo moderno». (Comparecencia pública en Vitoria el 8 de marzo de 2006).

* Los lobbies homosexuales han reivindicado la implantación de EpC. Así, este año, en vísperas del Día del Orgullo Gay, el presidente de los Gays y las Lesbianas de la Rioja, Francisco Pérez Diego, ha exigido de nuevo «una completa educación afectivo-sexual y de identidad de género, con particular atención a la diversidad y que además garantice que la asignatura de Educación para la Ciudadanía se imparta, sin mutilar sus contenidos, en todos y cada uno de los colegios, escuelas e institutos del Estado». Pedro Zerolo, miembro de la ejecutiva socialista, ya había afirmado que «queremos promover un pluralismo moral que acuerde una plena igualdad para los gays y las lesbianas. En esta perspectiva, la nueva asignatura de Educación para la ciudadanía es un paso de gigante». (Famille Chretienne, 18 noviembre 2006).

* José Antonio Marina, autor del manual de EpC de la editorial SM (la preferida por los colegios de FERE), justifica la necesidad de esta asignatura porque «las familias, en muchos casos, son las más eficaces transmisoras de prejuicios religiosos, políticos, raciales, etc.» El filósofo asegura también que «El Estado debe encargarse de facilitar a todos nuestros jóvenes aquella educación que la sociedad considera necesaria para el desarrollo de los proyectos personales». (Idea de La Mancha, publicación de la Consejería de Educación de Castilla La Mancha nº 6).

«En definitiva», asegura Fabián Fernández de Alarcón, «eso de que EpC trata sobre la Constitución Española y los Derechos Humanos no es más que un pretexto para imponer a los alumnos determinados valores e ideologías que se presentan como una ética común cuando en realidad son posiciones morales y valores de algunas personas. Y esa es la cuestión fundamental que se trata de ocultar a los padres».