viernes, 31 de octubre de 2008

LA JUSTICIA VUELVE A AMPARAR A LOS OBJETORES DE CASTILLA-LA MANCHA


Tres nuevos autos judiciales de Guadalajara declaran a los alumnos exentos de cursar y ser evaluados de estas asignaturas

Madrid, 30 de octubre de 2008. Los objetores al conjunto de asignaturas denominadas Educación para la Ciudadanía están de enhorabuena. Esta semana se dictaba la primera sentencia favorable en Aragón pero hoy mismo se ha conocido que el Juzgado de lo Contencioso -Administrativo nº 1 de Guadalajara acaba de dictar 3 Autos que estiman las medidas cautelares solicitadas por los padres objetores.

Se trata de una medida que exime a los alumnos de asistir y de ser evaluados de alguna de las asignaturas del Área Educación para la Ciudadanía; el fallo es provisional pero ampara a los alumnos hasta que se dicte sentencia. Los citados Autos judiciales suspenden las resoluciones administrativas de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que denegaban la objeción de conciencia a los padres de los siguientes alumnos:
  • Dos alumnos de 4º de ESO de a los que les correspondía cursar Educación Ético-Cívica (el nombre que recibe Educación para la Ciudadanía en 4º de ESO).

  • Alumna de 2º de ESO del Colegio de los Hermanos Maristas a la que le correspondía cursar Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.

Los Autos judiciales no entran a resolver si existe o no derecho a la objeción (ese fallo corresponde a la sentencia) pero reconocen expresamente que los padres demandan objetar a Educación para la Ciudadanía «por poder constituir una vulneración de derechos fundamentales tales como el de educación (artículo 27 de la Constitución Española) o el de la libertad ideológica o religiosa (artículo 16 de la Constitución Española).

Finalmente, los fallos judiciales dictados en Guadalajara suspenden la obligatoriedad de que los alumnos «cursen o sean evaluados en las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía (Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Educación Ético-Cívica y Filosofía y Ciudadanía)». Además, el Juzgado ordena a la Administración adoptar medidas alternativas que posibiliten la presencia del alumno objetor en el centro escolar mientras sus compañeros reciben Educación para la Ciudadanía.

Es preciso recordar que en Castilla-la Mancha, todos los fallos judiciales han dado la razón, hasta el momento, a los objetores a Educación para la Ciudadanía. Así:

  • El 27 de agosto pasado, un Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Albacete amparaba a 6 alumnos objetores.

  • El 18 de septiembre, un Auto del Juzgado de lo Contencioso –Administrativo nº 2 de Albacete declaraba exentos de Ciudadanía a 52 alumnos.

  • El 24 de septiembre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo emitía un Auto de medidas cautelares favorable a un alumno.

  • El 26 de septiembre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca dictaba un Auto que amparaba el derecho a objetar de los padres de dos alumnos. La novedad de este fallo es que el magistrado aplicaba esta medida cautelar (exención provisional de asistencia y evaluación) al resto de objetores que hubieran iniciado procedimiento judicial en el citado Juzgado. Con esta medida, el Juzgado amparaba los derechos de 62 alumnos.

A todo esto, Castilla-La Mancha es una de las comunidades autónomas con mayor número de objeciones presentadas a Ciudadanía ( 9 049 el 22 de septiembre, según Profesionales por la Ética). Las objeciones y los fallos judiciales inquietan a la Administración castellano-manchega, como demuestran dos hechos:

  • El pasado mes de septiembre el Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictó una Instrucción por la que ordenaba a los fiscales de los juzgados de esta Comunidad Autónoma «oponerse a las demandas formuladas en relación con la objeción de conciencia, oponerse a las peticiones de los padres en relación con las peticiones de medidas cautelares, y recurrir aquellas decisiones judiciales que fueran contrarias a la decisión del Ministerio Fiscal».
  • A mediados de octubre, la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha difundió que un alumno de 4º de ESO de Talavera de la Reina que había sido declarado exento de Ciudadanía por Auto judicial había renunciado a la objeción. Este hecho ha sido desmentido por la madre del alumno y por la Plataforma de padres objetores de Talavera ¿XQTCALLAS?. Lo que se manifiesta es que el Gobierno castellanomanchego tiene que recurrir a infundios y manipulaciones para desacreditar y coaccionar a los padres objetores.

PRIMERA SENTENCIA FAVORABLE A LOS OBJETORES EN ARAGÓN


El Juzgado resuelve que estas asignaturas se oponen a los derechos constitucionales de los padres


Recientemente se ha conocido que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Huesca ha dictado la primera sentencia de Aragón favorable a los padres que han objetado al conjunto de asignaturas denominadas Educación para la Ciudadanía. La sentencia resuelve el recurso presentado por unos padres frente a la Resolución de la Viceconsejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Aragón que les negaba el derecho a objetar a Educación para la Ciudadanía. Aunque los seis hijos del matrimonio no cursan todavía Educación para la Ciudadanía, la sentencia afirma que esta circunstancia “no es motivo para desestimar el recurso ya que los hijos de los recurrentes se verán obligados a cursarlas y precisamente es esa obligación la que genera una lesión de las convicciones morales de los progenitores”.

A lo largo de 18 páginas, la sentencia desgrana los contenidos curriculares del conjunto de materia denominadas Educación para la Ciudadanía, reflejada en los reales decretos estatales y en la legislación autonómica aragonesa. El Juzgado concluye que “estamos en presencia de contenidos y objetivos que se refieren a la formación moral y son ajenos a la decisión de los padres respecto a las convicciones morales y religiosas en las que desean formar a sus hijos”. Los contenidos de las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía “son contrarios al derecho fundamental que les asiste (a los padres) conforme a los artículos 27.3 y 16.1 y 2 de la Constitución Española”.

Así mismo, el fallo judicial recoge la jurisprudencia española en materia de objeción de conciencia (sentencias 53/1985 y 177/1996 del Tribunal Constitucional), así como las recientes sentencias dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (29 de junio y 7 de octubre, respectivamente) que reconocen expresamente el derecho de los padres a objetar a asignaturas obligatorias que dañen sus convicciones religiosas y filosóficas.

La sentencia recuerda igualmente que “de los artículos 16.1 y 27.1 y 27.3 de la Constitución Española resulta el derecho a que se garantice la libertad religiosa e ideológica de todas las personas y, por tanto, resulta el derecho de los padres respecto de sus hijos menores, así como el deber del Estado y todos los poderes públicos de garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Según Fermín Civiac, portavoz de la Plataforma de objetores EPC?... Aragón Va a Ser Que No!, “esta sentencia es una gran noticia para los objetores de Huesca, de Aragón y de toda España. Hasta hora se habían acumulado una docena de Autos judiciales de medidas cautelares favorables a los objetores pero ésta es la primera sentencia que reconoce sus derechos frente a la intromisión del Estado y el gobierno autonómico en la formación de la moral de los alumnos”.
Por su parte, Profesionales por la Ética asegura que, con esta sentencia, los fallos judiciales favorables a los objetores a Educación para la Ciudadanía se acercan a los 130, entre sentencias y Autos de medidas cautelares.

viernes, 17 de octubre de 2008

LOBBIES DE HOMOSEXUALES APOYAN IMPLANTACIÓN DE CIUDADANÍA


Según la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha, el Área de Educación para la Ciduadanía (con asignaturas en 2º y 4º de ESO) y 1º de Bachillerato) solamente enseña Constitución y Derechos Humanos.


Pues otros no piensan lo mismo. Y si no, miren el comunicado de esta asocaición:

7 de septiembre de 2008. Con motivo de la polémica surgida por algunos sectores sociales ultraconservadores ante la implantación de varias asignaturas en el actual Sistema Educativo Español de contenidos Éticos y Cívicos, AB-LESGAY manifiesta que:

  • Debido a las carencias en la educación sobre diversidad afectivo-sexual el grupo de asignaturas denominado "Educación para la Ciudadanía", como son: "Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos" en el 2º curso de la ESO, "Educación Ético Cívica" en 4º de la ESO y "Filosofía y Ciudadanía" en 1º de Bachillerato, y en Educación Primaria, vienen a cubrir en parte esta carencia.

  • Para esto el Ministerio de Educación insertó unos contenidos mínimos, tanto en Primaria como Secundaria, que son: desarrollar la autoestima, la afectividad y la autonomía personal; conocer las normas de convivencia; reconocer la diversidad como enriquecedora de la convivencia; conocer los derechos y obligaciones de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y que obliga a los docentes a trabajar también:- Bloque 2 . Relaciones interpersonales y participación:· La familia en el marco de la Constitución Española.· Valoración crítica de la división social y sexual del trabajo y de los prejuicios sociales racistas, xenófobos, antisemitas y homófobos.

  • Consideramos, pues, adecuados (e incluso mejorables) los contenidos mínimos ético-cívicos de estas asignaturas por ser coherentes con la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha; e imprescindibles en una sociedad en la que la discriminación, la marginación, y las agresiones por motivo de orientación sexual son sancionadas por la legislación y en la que la diversidad afectivo-sexual es ya un hecho cotidiano, que por supuesto, existe también en el interior de su sistema educativo. Y con más motivo, cuando la Ley Orgánica de Educación (LOE), ya en su preámbulo, establece que uno de los objetivos de la Educación ha de ser precisamente "el reconocimiento de la diversidad afectivo-sexual", desarrollando el artículo 27 de la Constitución Española en el que se afirma que "La Educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y deberes fundamentales". Ley (la LOE) avalada por mayoría absoluta en el Congreso, que no fue recurrida por ningún grupo político, cuyos contenidos fueron informados favorablemente por el Consejo de Estado y apoyada por el Consejo de Europa, que emitió una Recomendación a los Estados miembros en el año 2002 instándoles a "hacer de la educación para la ciudadanía democrática un objetivo prioritario de la política educativa y sus reformas".

  • Desde AB-LESGAY felicitamos las iniciativas de todas las instituciones y organismos, especialmente dentro de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que apoyen y/o recurran los autos judiciales, tanto en Castilla-La Mancha como a nivel estatal, para que el desarrollo de estos contenidos ético-cívicos contribuya en mejorar la diversidad y la pluralidad de nuestra sociedad democrática desde su base en el Sistema Educativo.

lunes, 13 de octubre de 2008

123 fallos judiciales amparan a los objetores a Ciudadanía


Madrid, 7 de octubre de 2008. Los Tribunales de Justicia siguen amparando a los objetores al conjunto de asignaturas que constituyen el Área de Educación para la Ciudadanía. Los fallos judiciales que respaldan a los padres que han objetado ascienden a fecha de hoy a 123, sumando sentencias y Autos que estiman medidas cautelares (medidas provisionales que declaran al alumno exento de asistir a clase hasta que se dicte sentencia). El detalle autonómico de los fallos judiciales que respaldan el derecho de los objetores es el siguiente:

  • ANDALUCÍA: 15 sentencias y 70 autos de medidas cautelares (TSJ de Andalucía).

  • ARAGÓN: 2 autos de medidas cautelares del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barbastro, 2 autos de medidas cautelares de los JC nº 3 y 5 de Zaragoza y 6 de Huesca.

  • CASTILLA-LA MANCHA: 2 autos de medidas cautelares de sendos Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Albacete. 1 Auto de medidas cautelares del Juzgado de lo contencioso administrativo de Cuenca. 1 auto del Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Toledo.

  • LA RIOJA: 23 sentencias del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

  • EXTREMADURA: 1 auto de medidas cautelares.

Según José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, en este momento, los juzgados españoles acumulan 878 recursos de padres que defienden su derecho a objetar a Ciudadanía. La Comunidad con mayor número de recursos es Castilla-La Mancha (229), seguida de Castilla y León (166), Andalucía (149) Comunidad Valenciana (112). Aragón (35), Cantabria (30), Extremadura (4), Islas Baleares (8), La Rioja (23), Cataluña (13), Principado de Asturias (40), Galicia (32), Navarra (30), Murcia (6), País Vasco (1),Es preciso recordar que la mayor parte de los procedimientos judiciales han sido admitidos por la vía de protección de los derechos fundamentales. Este dato es esencial, según Bazán, porque el problema de las asignaturas que conforman Ciudadanía es que pretenden formar la conciencia moral de los alumnos, lo cual constituye una violación del artículo 27.3 de la Constitución Española que garantiza el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones religiosas o filosóficas.

viernes, 10 de octubre de 2008

ENCUENTRO DE JÓVENES POR LA OBJECIÓN


ENCUENTRO DE JÓVENES POR LA OBJECIÓN A EPC
COLEGIO MONTE TABOR. Pozuelo de Alarcón (MADRID). 11 de octubre de 2008.
Convocan: Mójate, Majo

miércoles, 1 de octubre de 2008

EL VERDADERO ROSTRO DE CIUDADANÍA


Profesionales por la Ética denuncia el adoctrinamiento que encierra ese grupo de materias, mostrando contenidos de los libros de texto y de las guías didácticas de algunas editoriales.

REDACCIÓN HO.- El presidente del Gobierno, la ministra de Educación, la secretaria de Estado, la Fundación CIVES, los medios de comunicación prosocialistas y los grupúsculos políticos y mediáticos de extrema izquierda utilizan, casi a diario, toda su maquinaria propagandística, para intentar hacer ver que en las clases del grupo de asignaturas denominado genéricamente Educación para la Ciudadanía tan sólo se dan la Constitución y los Derechos Humanos y que, en consecuencia, nada de adoctrinador hay en sus currículos.


En llamativo contraste con esa imagen idílica, los padres y profesores van descubriendo, a medida que avanza el curso escolar, el verdadero rostro de Educación para la Ciudadanía. Es ésta un área académica que se propone formar la conciencia moral de los alumnos y que comprende, en la ESO, las asignaturas de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (2.º ó 3.º de ESO) y Educación Ético-Cívica (4º de ESO); además, se imparte en 1.º de Bachillerato bajo el nombre de Filosofía y Ciudadanía y se dará en 5.º de Primaria, a partir del curso 2009-2010, también con la denominación de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.

Por medio de un comunicado remitido a HO, Profesionales por la Ética da a conocer, a modo de ilustración de lo que el currículo de ese grupo de materias representa, algunos de los contenidos del libro de texto de la asignatura de 4.º de la ESO de una editorial y un modelo de examen propuesto para alumnos de 2.º ó 3.º de la ESO en una guía didáctica para el profesorado, elaborada por otra editorial diferente.

Educación Ético-Cívica
El libro de Educación Ético-Cívica de 4.º de ESO de Ediciones Serbal, en el apartado Virtudes, pide al alumno que exprese su opinión sobre las siguientes cuestiones:

- «¿Son intolerantes las legislaciones que prohíben el matrimonio entre homosexuales?»
- «¿Es intolerable la prohibición del aborto?»

Este mismo manual dedica otra unidad didáctica al derecho de autodeterminación y, dentro de ella, una página de actividades sobre Quebec, Cataluña y el País Vasco. Sobre dos artículos de opinión a favor de la independencia del País Vasco y Cataluña, se pide que los alumnos «busquen información en los medios de comunicación sobre reivindicaciones nacionales de Cataluña y el País Vasco».

En el libro de Ediciones Serbal, la página dedicada a «creencias» está ilustrada con dos fotografías situadas en paralelo: una caricatura de un miembro del Ku Klus Klan junto a una fotografía de un hombre portando una cruz de madera. En ambas imágenes el personaje aparece encapuchado.

Modelo de examen de Educación para la Ciudadanía

Un material que los padres y el público en general desconocen es el libro del profesor, una guía didáctica a la que solamente acceden los docentes. En él, además de la programación curricular, se sugieren modelos de exámenes y se recomienda el uso de determinados recursos didácticos.

Así, en el libro del profesor para Educación para la Ciudadanía de 2º de ESO de la Editorial Pearson-Alhambra se propone un examen con preguntas como las siguientes:

1. La orientación sexual es:
a) La enseñanza del comportamiento sexual.
b) La psicología de los diferentes sexos.
c) El tipo de personas por el que nos sentimos atraídos sexualmente.

2. La reasignación de sexo consiste en:
a) El proceso de armonización entre el cuerpo y la identidad psicológica.
b) La modificación de la orientación sexual.
c) La modificación de la identidad de género.
3. La identidad de género es:
a) Los comportamientos que la sociedad atribuye a cada género
b) Que todos los géneros tienen los mismos derechos.
c) Que todo género es idéntico a sí mismo.

4. Los profesores:
a) Enseñan solo su materia.
b) No pueden meterse en los valores del alumnado.
c) Enseñan valores y normas.

El libro del profesor proporciona, además, un guión con las respuestas correctas, que supuestamente son las siguientes:

PREGUNTA 1: c).
PREGUNTA 2: b).
PREGUNTA 3: a).
PREGUNTA 4: c).

Además, el libro del profesor de Pearson-Alhambra para 2.º ó 3.º de ESO (alumnos de entre 12 y 14 años) recomienda, como materiales de interés páginas web como las siguientes:

Fabián Fernández de Alarcón, secretario general de Profesionales por la Ética, señala que este tipo de materiales desvelan el carácter adoctrinador de las asignaturas que conforman Educación para la Ciudadanía. «Sin embargo», resalta «lo preocupante no son los libros de texto o los materiales didácticos, sino el planteamiento global de estas materias escolares, que se proponen, según el Real Decreto de contenidos mínimos para la ESO (BOE 5 de enero de 2007), profundizar en los principios de ética personal y abordar contenidos relativos a las relaciones humanas y a la educación afectivo-emocional, o ayudar a los alumnos a construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos.

Para Mª Ángeles Eyries, de Profesionales por la Ética de Madrid, el programa de Educación Ético-Cívica (es decir, la asignatura de Educación para la Ciudadanía de 4.º de ESO), es muy incisivo en aspectos ideológicos, ya que incluye contenidos como los dilemas ético-cívicos, considerando las posiciones y alternativas existentes, los interrogantes del ser humano o los derechos humanos como una conquista histórica inacabada. «Además», explica, esta asignatura de 4.º de ESO, contiene un criterio de evaluación que pretende comprobar «si el alumno comprende el pluralismo moral y si utiliza adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales».