miércoles, 30 de julio de 2008

¿CHAVES O CHAVEZ?



COMUNICADO DE PRENSA DE POPULR TV CON MOTIVO DE LA CONCESIÓN DE LICENCIAS DE TDT LOCAL POR PARTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

La decisión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por la que se han otorgado 163 concesiones de Televisión Digital Terrestre (TDT) de ámbito local y gestión privada, hecha pública este martes 29 de julio, supone una discriminación al Grupo COPE que ha desarrollado desde el año 2001 una de las redes de televisión local de referencia. Las concesiones, dadas a conocer este martes, favorecen a los grupos mediáticos más afines al Gobierno de Manuel Chaves e impulsan una concentración contraria al pluralismo informativo. Popular TV que concurría en las demarcaciones de Málaga, Sevilla y Córdoba, a través de iniciativas en las que participaban las tres diócesis, no ha resultado adjudicataria de ninguna licencia. Las emisoras de televisión del Grupo COPE tienen una gran implantación en las ciudades de Sevilla y Málaga, emiten desde hace seis años una amplia programación de proximidad y han creado numerosos puestos de trabajo que son puestos en peligro por esta decisión. En las tres capitales andaluzas el respaldo que ha dado la audiencia a Popular TV ha sido masivo. La Junta de Andalucía no ha tenido en cuenta para sus adjudicaciones el trabajo a favor de una televisión local de calidad que el Grupo COPE viene realizando y ha preferido, en algunos casos, conceder licencias a empresas y grupos de comunicación que no tienen experiencia en la producción y emisión de televisión y que no están generando empleos en el sector. Algunas de las emisoras que han obtenido licencias emiten habitualmente pornografía.

Preocupante es la concentración de medios que se produce tras estas concesiones, especialmente a favor del entorno del Grupo Prisa. La Junta de Andalucía en su momento concedió canales de TDT autonómicos a Localia y Vocento. Ahora la Junta de Andalucía concede licencias locales a Agrupación Radiofónica, una empresa que participa en el capital de Localia, en demarcaciones con mucha población como las de Algeciras, Cádiz, Huelva, Sevilla, Málaga y Córdoba.
Popular TV va a emprender acciones legales contra la decisión tomada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en la concesión de las licencias locales de TDT.

NI UN PASO ATRÁS (NUEVA VERSIÓN)

martes, 22 de julio de 2008

18 sentencias de TSJ respaldan ya a los objetores a EPC








El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria da un primer paso favorable a los objetores.

REDACCIÓN HO.- Entre el jueves 17 y el viernes 18 se han conocido 14 nuevas sentencias emitidas por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en favor de los objetores a Educación para la Ciudadanía (EpC). Estas resoluciones se unen a la sentencia dictada por el mismo Tribunal el pasado 8 de julio.

Además, según informa Profesionales por la Ética en un comunicado, en los últimos días de la pasada semana también han sido notificados dos autos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de Cantabria que han ha dado la razón a varios padres objetores en cuanto a la vía elegida para la tramitación del procedimiento jurídico. En dos autos fechados el 15 de julio, el Tribunal cántabro resuelve la impugnación presentada por los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria, en la que se negaba que en las resoluciones de la Consejería de Educación denegando el derecho de objeción de los padres hubiera indicios de violación de derechos fundamentales.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria entiende en estos autos que los derechos que los padres entienden vulnerados con esta asignatura sí son derechos fundamentales, reconocidos como tales en nuestra Carta Magna. Afirma igualmente que los recurrentes no sólo han individualizado dichos derechos indicando expresamente cuáles son, sino que además realizan "una exposición de los argumentos que fundamentan el recurso interpuesto, vinculado a los artículos 16.1 y 27.3 de la Constitución Española en los que se recogen los principios de libertad ideológica y religiosa y el derecho que asiste a los padres para que reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones que estiman se vulneran con el estudio de las asignaturas de Educación para la Ciudadanía". Concluye el Tribunal su resolución indicando que al hacer referencia los recursos a la posible vulneración de derechos fundamentales, su tramitación debe continuar por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, tal y como solicitaban los padres objetores.

Como explica, José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria se ha decidido a seguir el camino emprendido por los tribunales superiores de justicia de Andalucía y La Rioja. Estos tribunales primero admitieron los procedimientos jurídicos por la vía de protección de los derechos fundamentales, después permitieron (mediante autos de medidas cautelares) que los hijos de los objetores no acudiesen a clase de EpC y finalmente dictaron sentencia favorable al derecho de los padres a objetar a la asignatura.

El Tribunal riojano, por su parte, ha resuelto ya quince demandas de padres objetores a EpC. En La Rioja, sin embargo, la polémica asignatura no se implantará hasta el próximo mes de septiembre. Además, el Gobierno riojano (en manos del Partido Popular) ha asegurado que en los decretos autonómicos de la materia había suprimido los contenidos ideológicos o adoctrinadores y por tanto no cabía objeción de conciencia alguna a la asignatura, tesis claramente desautorizada por el TSJ.

Las sentencias del TSJ de la Rioja se suman así a las tres dictadas por el TSJ de Andalucía. Las resoluciones andaluzas fueron las primeras en reconocer la objeción de conciencia frente a la asignatura. En los tres casos, el TSJ andaluz aplicó los derechos constitucionales y la jurisprudencia española así como la jurisprudencia más vanguardista del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Así, recordó que el interés público consiste, precisamente, en garantizar los derechos, lo que "justifica la existencia del Estado y sus potestades".

Nuevos argumentos jurídicos

Como explica Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, las sentencias de La Rioja introducen, además, algunas novedades jurídicas que, sin duda, desmontan los argumentos de los que han negado la posibilidad de objetar a EpC. Las 15 sentencias del Tribunal riojano recogen, como novedad respecto a Andalucía, los siguientes argumentos:
  • No es de recibo afirmar que fuera de la previsión del artículo 30 de la Constitución española (objeción de conciencia para la exención del servicio militar) no cabe la objeción de conciencia y, por tanto, no pueden eficazmente alegarse las propias creencias o convicciones de los padres para obtener la exención de la obligatoriedad de que sus hijos menores cursen una asignatura, cuyos contenidos, objetivos y criterios de evaluación resultan radicalmente contrarios a sus ideas, creencias y convicciones.
  • Como ha destacado la doctrina, con la Constitución española de 1978 se ha querido ofrecer un estatuto completo de la libertad, efectivo por sí mismo, que no necesita de ningún complemento para ser operativa inmediatamente.
  • Como quiera, además, que la objeción de conciencia es un derecho fundamental integrante del derecho fundamental de libertad ideológica, ha de concluirse que la inexistencia de ley que regule la objeción planteada en este caso no es obstáculo que impida la admisión del presente recurso, donde a través de tal objeción se solicita, motivadamente, la tutela de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 16 y 27.3 de la Constitución.
  • El desarrollo de la personalidad ha de ser libre -artículo 10. 1 de la Constitución Española-, de modo que resulte de los actos y las actitudes elegidas a lo largo de la vida de las personas desde su infancia, es decir, durante el proceso de formación de la personalidad. Y precisamente porque esto es así, es por lo que el artículo 27.3 de la Constitución española hace referencia al derecho de los padres a decidir sobre la formación moral de sus hijos, pues a éstos es a quienes corresponde la función de educarlos -artículo 154 del Código civil-, en orden al desarrollo de la personalidad de aquellos.
  • El artículo 27.2 de la Constitución dispone que "La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales". La Constitución no distingue entre una "ética pública", supuestamente amparada en dicho precepto, y una "ética privada", supuestamente amparada en el artículo 27.3. El artículo 27.2 autoriza la regulación de una educación para la ciudadanía en la que el libre desarrollo de la personalidad debe ser compatible con el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
  • La supuesta dualidad ética pública - ética privada no tiene el menor amparo constitucional. La conducta humana de cada persona se rige por las normas de una sola ética, con la que se resolverá el juicio moral concreto sobre cada acción de las personas.
  • Los ámbitos de los artículos 27.2 y 27.3 de la Constitución no son, paralela y respectivamente, los de una moral pública y una moral privada, sino que el ámbito del artículo 27.2 se refiere sólo al respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, pero estos principios, derechos y libertades no son más que una parte de la denominada moral pública. Y de admitirse este concepto, el ámbito del artículo 27.3 de la CE abarcará la moral pública en todo lo demás que no sea ese respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, y abarcará también la completa moral privada.
  • La difusión por el Estado a través del sistema educativo de la denominada ideología de género, no se ajusta al artículo 27.3, que cuando garantiza el derecho de los padres para que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones, "está estableciendo una órbita de libertad privada y de terreno acotado para el poder público, impidiendo formaciones ideológicas imperativamente predispuestas desde el Estado" (Auto del Tribunal Constitucional 276/1983).

Para Urcelay, "el respaldo judicial a los objetores a Educación para la Ciudadanía es, a estas alturas, incuestionable y sienta jurisprudencia. En los próximos días es probable que se conozcan más sentencias favorables ya que se han dictado autos (resoluciones provisionales) que permiten que los hijos de padres objetores a la asignatura no entren a clase de EpC en Andalucía, La Rioja y Huesca. Va siendo hora de que el Gobierno y las administraciones autonómicas den algún paso para resolver este conflicto que se ha producido, precisamente, por falta de diálogo y voluntad de consenso".

martes, 8 de julio de 2008

¿QUÉ HAY DE NUEVO EN EPC?


José Blanco considera que EpC es necesaria para aprender a usar el preservativo mientras la polémica asignatura sustituye a Ética en 4º de ESO


A estas alturas del año, todavía hay quien piensa que la polémica Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) es una asignatura. Realmente, se trata de un área de contenidos que agrupa a su vez a varias materias escolares.

EDUCACIÓN ÉTICO-CÍVICA

Así, una de las novedades del próximo curso escolar es que EpC se implantará, con carácter obligatorio, en toda España en 3º o 2º de ESO (a criterio de cada comunidad autónoma), en 4º de ESO y en Bachillerato. En esta última etapa la asignatura mantiene en parte los antiguos contenidos de Filosofía I aunque cambia su nombre por el de Filosofía y Ciudadanía.

La culminación ideológica de EpC en Educación Secundaria se llama Educación Ético-Cívica. Se impartirá por primera vez durante el curso 2008-2009 en 4º de ESO en todas las comunidades autónomas. Esta nueva materia, al igual que EpC de 3º o 2º de ESO, incluye objetivos como «profundizar en los principios de ética personal» y abordar «contenidos relativos a las relaciones humanas y a la educación afectivo-emocional», o ayudar a los alumnos a «construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos». Sin embargo, Educación Ético-Cívica incorpora algunas novedades. Así, en el decreto de contenidos mínimos dictados por el entonces Ministerio de Educación (BOE 5 de enero de 2007), esta asignatura incluye contenidos como «los dilemas ético-cívicos, considerando las posiciones y alternativas existentes», «los interrogantes del ser humano o los derechos humanos como una conquista histórica inacabada». Igualmente, Educación Ético-Cívica pretende comprobar «si el alumno comprende el pluralismo moral y si utiliza adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales».

Como sucede con todas las materias escolares, a partir de los contenidos mínimos establecidos por el Gobierno central, las comunidades autónomas establecen sus propios contenidos. Y este desarrollo autonómico ofrece algunas novedades.

Así, por ejemplo, el decreto gallego que desarrolla Educación Ético-Cívica (Diario Oficial de Galicia, 13 de julio de 2007) establece que los alumnos deberán identificar las principales etapas en la conquista de los derechos humanos, incluida la «tercera generación de derechos». La misma Comunidad introduce un criterio de evaluación que comprobará «si las alumnas y los alumnos entienden y aceptan la propia identidad como algo construido y no dado, que es posible redefinir».

Por su parte, el decreto del Gobierno vasco que desarrolla EpC (BOPV, 13 de noviembre de 2007) afirma que, con esta materia obligatoria, «el alumnado se enfrentará a situaciones que exigen tomas de posición y juicios de valor, lo que potencia la actividad crítica sobre los propios valores y conductas». Concretamente, Educación Ético-Cívica, en su versión vasca, se centra en «la construcción de valores morales ligada a la educación del juicio moral». Esta asignatura incluye también el concepto de «orientación sexual» y establece, como criterio de evaluación, que el alumno «proporcione diferentes respuestas a una misma situación éticamente problemática de acuerdo a diferentes teorías éticas».

La Comunidad de Aragón (BOA, 1 de junio de 2007), por su parte, establece una metodología específica de trabajo para Educación Ético-Cívica en la que el alumno «trabajará temas que impliquen conflictos de valores o presenten aspectos controvertidos desde el punto de vista social». Partiendo de situaciones reales o hipotéticas, los alumnos abordarán problemas morales, por escrito o de forma oral, plasmando sus reflexiones con argumentos razonados.

Educación Ético-Cívica en el Principado de Asturias y la Comunidad de Cantabria (BOPA, 12 de julio de 2007 y BOC, 25 de mayo de 2007) pretenden evaluar si los alumnos emplean adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales «y su grado de conocimiento y respeto a las posiciones divergentes de los interlocutores tanto en el aula como en el ámbito familiar y social».

Cataluña, por su parte, incluye entre sus contenidos de Educación Ético-Cívica (DOGC, 29 de junio de 2007), «la interpretación del significado histórico y plural de las pautas culturales y valores morales de los individuos y las sociedades actuales».

Para Fernando López Luengos, profesor de Filosofía, «hasta ahora, la asignatura de Ética había respetado la neutralidad ideológica del sistema educativo. La Ética como ciencia, trata del bien en general y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia. Se trata pues de la reflexión que nos conduce al descubrimiento del sentido de la vida y a la felicidad como plenitud humana. Por su contenido y por sus objetivos es una de las disciplinas que más directamente afectaría a la dimensión íntima personal que nuestra Constitución protege como elemento esencial de una convivencia democrática plural. Por este motivo», asegura, «la enseñanza de la asignatura de Ética en la LOGSE se limitaba a una enseñanza filosófica (por lo tanto, crítica, racional) que en nada pretendía entrar en la dimensión personal del alumno. Se pretendía enseñar Ética y no una ética, reflexionar sobre las teorías éticas y no construir la conciencia moral de los alumnos desde los supuestos de una teoría ética concreta. Esto es algo evidente que los profesores hemos respetado con absoluta naturalidad».

Para Fabián Fernández de Alarcón, secretario general de PROFESIONALES POR LA ÉTICA, es muy evidente que Educación Ético-Cívica se introduce de lleno en la moral personal y familiar de los alumnos. «A éstos», asegura, «se les va a examinar no de su conocimiento de las teorías éticas a lo largo de la historia sino de sus criterios morales y los de su familia, lo cual supone una intromisión y un adoctrinamiento inaceptables».

EpC SEGÚN SUS DEFENSORES

Por otra parte, fuentes de la asociación PROFESIONALES POR LA ÉTICA aseguran que la cara real de EpC la muestran sus defensores. Así, a título de ejemplo:

* José Blanco, secretario general del PSOE, aseguró que para detener el aborto era necesario aumentar la información sobre el uso de métodos anticonceptivos, un asunto que, según el dirigente socialista, algunos rechazan que esté en EpC (Forum Nueva Economía, 25 de junio de 2008).

* José Luis Pérez Iriarte, ex director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, afirmó en una comparecencia pública en el Ministerio de Educación (6 de junio de 2006) que con EpC «se trata de transmitir un cuerpo de conocimientos que permita manejarse en el conjunto de la ciudadanía pero sobre todo de educar en comportamientos y actitudes propios de la educación ciudadana». En efecto, en los criterios de evaluación en ESO se evalúan «las habilidades sociales adquiridas» o «los comportamientos», lo que denota las pretensiones ideologizantes de la asignatura.

* Alejandro Tiana, secretario de Estado de Educación en la anterior legislatura, aseguró, en defensa de EpC como proyecto de educación moral, que «el principio de que la educación sea subsidiaria respecto a las familias no es un principio aceptable para un sistema educativo moderno». (Comparecencia pública en Vitoria el 8 de marzo de 2006).

* Los lobbies homosexuales han reivindicado la implantación de EpC. Así, este año, en vísperas del Día del Orgullo Gay, el presidente de los Gays y las Lesbianas de la Rioja, Francisco Pérez Diego, ha exigido de nuevo «una completa educación afectivo-sexual y de identidad de género, con particular atención a la diversidad y que además garantice que la asignatura de Educación para la Ciudadanía se imparta, sin mutilar sus contenidos, en todos y cada uno de los colegios, escuelas e institutos del Estado». Pedro Zerolo, miembro de la ejecutiva socialista, ya había afirmado que «queremos promover un pluralismo moral que acuerde una plena igualdad para los gays y las lesbianas. En esta perspectiva, la nueva asignatura de Educación para la ciudadanía es un paso de gigante». (Famille Chretienne, 18 noviembre 2006).

* José Antonio Marina, autor del manual de EpC de la editorial SM (la preferida por los colegios de FERE), justifica la necesidad de esta asignatura porque «las familias, en muchos casos, son las más eficaces transmisoras de prejuicios religiosos, políticos, raciales, etc.» El filósofo asegura también que «El Estado debe encargarse de facilitar a todos nuestros jóvenes aquella educación que la sociedad considera necesaria para el desarrollo de los proyectos personales». (Idea de La Mancha, publicación de la Consejería de Educación de Castilla La Mancha nº 6).

«En definitiva», asegura Fabián Fernández de Alarcón, «eso de que EpC trata sobre la Constitución Española y los Derechos Humanos no es más que un pretexto para imponer a los alumnos determinados valores e ideologías que se presentan como una ética común cuando en realidad son posiciones morales y valores de algunas personas. Y esa es la cuestión fundamental que se trata de ocultar a los padres».

jueves, 3 de julio de 2008

EL FORO CIUDAD REAL EN LIBERTAD SE PRESENTÓ EN SOCIEDAD









Ciudad Real, 2 de julio.

Aunque se dio a conocer oficialmente ayer, esta asociación lleva varios meses promoviendo la objeción de conciencia frente a EpC. Sus fines son los siguientes:
  • Defender y promover los derechos, libertades públicas y principios democráticos recogidos en la Constitución Española, desde la óptica de los valores del humanismo cristiano.

  • De forma prioritaria, pero no excluyente, promover y difundir los derechos de los padres a elegir y decidir la educación de sus hijos, así como difundir opinión y valoración de la asignatura denominada genéricamente "Educación para la Ciudadanía".

Abrió el acto José María Espinar, secretario de la asociación, quien, tras explicar el proceso de constitución de ésta y sus fines, realizó un alegato a favor de la libertad de educación y reivindicó la responsabilidad y los derechos de los padres como principales protagonistas de la educación de los hijos, según establece la Constitución Española.

A continuación Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, ofreció una charla sobre Educación para la Ciudadanía y los derechos educativos de los padres, haciendo hincapié en el protagonismo actual de la sociedad civil en la lucha por los intereses generales y la profundización democrática.

Para terminar, el presidente del Foro Ciudad Real en Libertad, Manuel Martín-Gaitero, resumió las actividades realizadas a lo largo del curso que termina, ofreciendo datos precisos sobre las objeciones de conciencia presentadas contra Educación para la Ciudadanía, a nivel regional y provincial.

Este movimiento cívico no cierra por vacaciones: mañana mismo se presentarán nuevas objeciones en el registro de la Delegación de Educación, con lo que se superará la cifra de 600 en la provincia de Ciudad Real.

El pasado día 5 de junio, el Foro Ciudad Real en Libertad solicitó ser recibido por el presidente Barreda, para explicarle los motivos de los objetores para rechazar que sus hijos cursen esa materia, ya que el gobernante castellano-manchego dijo públicamente que ignora cuáles son. Hasta la fecha, no ha recibido respuesta alguna de la Presidencia de la Junta de Comunidades.