jueves, 25 de diciembre de 2008

FELIZ NAVIDAD


Dios nace entre nosotros
¡Feliz Navidad!














La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierran la tierra y el mar: por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida. "El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha" Miguel de Cervantes.

miércoles, 17 de diciembre de 2008

145 RESOLUCIONES JUDICIALES FAVORABLES A LOS OBJETORES


Avalancha de nuevas sentencias favorables a los objetores
Madrid, 17 de diciembre de 2008. En el día de ayer la Justicia ha dado a los objetores a Educación para la Ciudadanía lo que los políticos y la Administración educativa les niegan: el reconocimiento del derecho a objetar. Y es que se dieron a conocer simultáneamente 9 sentencias, todas ellas favorables a los objetores.

La primera noticia vino de Extremadura, donde el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Cáceres ha dado la razón a dos familias objetoras. La cuestión es importante porque es la primera sentencia dictada en Extremadura que reconoce el derecho fundamental de los padres a negarse a que sus hijos sean adoctrinados.

A la sentencia extremeña hay que sumar otras ocho, dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y relativas a padres objetores de Cádiz (1), Sevilla (4), Córdoba (2) y Huelva (1).

Según datos facilitados por la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, hasta esta fecha se han emitido 145 resoluciones (entre sentencias y autos de medidas cautelares) favorables a los padres objetores en Andalucía, La Rioja, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Aragón y Extremadura. Por el contrario, se han emitido 45 resoluciones (sentencias o autos de medidas cautelares) que niegan a los padres el derecho a objetar. Este ha sido el caso de tribunales de Galicia, Baleares, Canarias, Navarra, Murcia, Asturias y Cantabria.

Para José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, la Justicia se va imponiendo a pasos agigantados al reconocer judicialmente que Educación para la Ciudadanía interfiere derechos fundamentales de los padres. «A fecha de hoy», asegura, «los recursos judiciales de padres objetores superan los 1600. Es un conflicto social sin precedentes y un movimiento cívico imparable. Pero al final el Derecho se reconoce».

lunes, 15 de diciembre de 2008

LA DECLARACIÓN DE DERECHOS HUMANOS FAVORECE A LOS OBJETORES


Con motivo del 60 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Asociación Profesionales por la Ética ha entrevistado a José Luis Bazán quien, entre otras cosas, recuerda que el artículo 26.3 de la citada Declaración afirma que los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Bazán es doctor en Derecho, autor de numerosas publicaciones, ha sido profesor en las universidades de Navarra y Católica de París y es uno de los expertos en derechos humanos más importante de nuestro país. En la entrevista José luis Bazán asegura que en menos de un año, los objetores han pasado de ser descalificados socialmente a ser amparados por casi 200 resoluciones judiciales y que Solamente los totalitarismos niegan el derecho a la objeción de conciencia.

Entrevista de la Asociación Profesionales por la Ética a José Luis Bazán:

¿Qué tiene que ver la Declaración de Derechos Humanos con la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía?

- Tiene mucho que ver porque el artículo 26.3 de la Declaración afirma que los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. Educación para la Ciudadanía (EpC) constituye una imposición obligatoria de asignaturas de naturaleza moral que usurpa la patria potestad de los padres. Los padres objetores han percibido esta violencia moral que se ejerce sobre sus hijos y la regresión jurídica que supone; por eso se niegan, mediante el ejercicio del derecho a la objeción, a que sus hijos sean adoctrinados. En ese sentido, los objetores son un testimonio de valores que la ley debe acoger y respetar.

¿Cómo es posible que se pueda objetar a Educación para la Ciudadanía, unas asignaturas que están en un real decreto de obligado cumplimiento? ¿No es ilegal esa objeción?

- Efectivamente, las leyes son obligatorias, están para ser cumplidas. Y porque la ley es obligatoria tiene sentido la objeción de conciencia, que es una excepción particular a una obligación legal general por razones de conciencia. Solamente los totalitarismos niegan el derecho a la objeción de conciencia. En España, afirma nuestro Tribunal Constitucional, la objeción es un derecho constitucional, y así ha sido reconocido en un amplio número de casos. Por ello, la objeción como derecho, por definición, no es ilegal, sino una exención jurídica que el propio Derecho reconoce y ampara.

¿Qué sentido tiene objetar a Educación para la Ciudadanía en un colegio con ideario propio?

- No hay previsión legal que permita adaptar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía al ideario propio. Estas materias están desarrolladas mediante normas legales de obligado cumplimiento. Por eso la única defensa es ejercer el derecho a la objeción de conciencia. Además, se trata de una cuestión de bien común; al objetar, los padres contribuyen a la defensa de la libertad de todos los padres. La defensa de los derechos fundamentales no es una tarea particular sino que hemos de asumir la defensa de los derechos y libertades de todos, especialmente de los más desamparados.

¿Existe algún precedente europeo de objeción de conciencia en el ámbito educativo?

- Si, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido la libertad ideológica de los padres y su derecho a negarse a que sus hijos sean adoctrinados en la escuela mediante asignaturas obligatorias en dos recientes casos frente a Turquía y Noruega. El Estado puede establecer materias objetivas, neutrales y pluralistas, pero nunca una doctrina oficial obligatoria, sea política, moral o religiosa. No solamente ocurre esto en Europa sino en otros tantos países de tradición democrática, como los Estados Unidos, donde su Tribunal Supremo ha reconocido exención a obligaciones generales como garantía de libertad ideológica de sus ciudadanos.

Sinceramente, ¿cree que el derecho a la objeción en Educación para la Ciudadanía será reconocido por la mayoría de los tribunales?

- Es que ya lo están reconociendo. Hace un año el Gobierno y las administraciones autonómicas acusaban a los objetores de insumisos, y a sus hijos de absentistas; les amenazaban con procesos por dejación de las funciones paternas, y les descalificaban socialmente utilizando los medios de comunicación afines. En poco más de un año, los tribunales han dictado casi 200 resoluciones judiciales (entre sentencias y autos de medidas cautelares), la mayoría de las cuales reconocen la existencia del derecho a la objeción de conciencia.

viernes, 5 de diciembre de 2008

ABORTO Y SEXUALIDAD ESTÁN EN EPC


Ministros y altos cargos desvelan el verdadero contenido de estas asignaturas


Madrid, 4 de diciembre de 2008. Hasta ahora el Gobierno de Rodríguez Zapatero (y en general los dirigentes socialistas) había asegurado que el conjunto de asignaturas denominadas Educación para la Ciudadanía (EpC) solamente enseñaban Constitución Española y derechos humanos. Sin embargo, en los últimos días, coincidiendo con el alarmante número de abortos entre jóvenes y adolescentes, varios ministros y altos cargos socialistas han desvelado el verdadero contenido de EpC. En resumen, estas han sido sus declaraciones:
  • Bernat Soria, ministro de Sanidad, en Alicante (10-11-2008) incidió en la necesidad de trabajar más en el fomento de la educación sexual y reproductiva (para poder reducir la tasa de abortos), algo que se puede hacer desde la asignatura Educación para la Ciudadanía.

  • José Martínez Olmos, secretario general del Ministerio de Sanidad ha afirmado (2-12-2008) que EpC puede servir para concienciar a los jóvenes de la necesidad de utilizar métodos anticonceptivos.

  • Carmen Montón, portavoz del Grupo Socialista de Igualdad en el Congreso de Diputados, ha declarado (3-12-2008) que no entiende que se vaya en contra de una asignatura como Educación para la Ciudadanía, que tiene capítulos enteros hablando de sexualidad, sexo seguro y responsable.

  • Mireia Pilar Ruiz, secretaria general de las Juventudes Socialistas de Archena (Murcia) ha asegurado que la asignatura Educación para la Ciudadanía incluye módulos de educación sexual, contenidos que se empeñan en calificar de adoctrinamiento moral.

  • Mercedes Cabrera, ministra de Educación, Política Social y Deporte, ha recordado (3-12-2008) que hay que formar ciudadanos que conozcan sus derechos y obligaciones y la educación respecto al aborto es un objetivo esencial.

Para Isabel Aranguren, de Profesionales por la Ética de Madrid, las declaraciones citadas reflejan cuatro aspectos relacionados con EpC:

1. Lejos de enseñar valores constitucionales, las asignaturas de EpC se introducen, de manera obligatoria y con carácter evaluable, en ámbitos de formación moral que corresponden a las familias.

2. EpC se propone formar la conciencia moral de los alumnos, educarles en la autonomía moral (no hay normas objetivas en materia de ética y moral) y en el relativismo moral (no hay Bien ni mal, está bien lo que tú decidas que es bueno). En ese contexto, el aborto es una opción más, perfectamente válida si la persona considera que le favorece.

3. EpC se refiere a los derechos humanos como conquistas históricas inacabadas. Con ese planteamiento, el supuesto «derecho al aborto» entra a formar parte del programa de este conjunto de asignaturas.

4. La introducción de métodos anticonceptivos y de preservativos en la escuela ha provocado un creciente número de abortos en las últimas décadas; si se utiliza EpC para proseguir estas mismas políticas, lo natural es que el número de abortos se multiplique en los próximos años.

En opinión de Isabel Aranguren, el diseño actual de EpC es un pretexto para formar nuevos ciudadanos a la medida de la ideología del Gobierno de turno. «Esto explica», asegura, «que más de 50 mil padres hayan objetado a EpC en defensa del derecho a educar a sus hijos según sus convicciones».

domingo, 30 de noviembre de 2008

50 mil objeciones a Educación para la Ciudadanía



En Castilla-la Mancha se han presentado ya 9.312 objeciones

Ciudad Real, 26 de noviembre de 2008. Este es el primer curso escolar en el que se imparte en toda España Educación para la Ciudadanía, un conjunto de asignaturas que ha
despertado, paradójicamente, la oposición de buena parte de la ciudadanía española. Formando parte de asociaciones o constituyendo agrupaciones y plataformas espontáneas, miles de padres y madres han recurrido a un derecho constitucional, el de la libertad ideológica y de conciencia, para defenderse frente a lo que consideran una intromisión estatal en la educación de sus hijos.

El resultado de este movimiento cívico es que, a fecha de hoy, se han presentado en España 50.420 objeciones de conciencia (correspondientes a otros tantos alumnos). En el caso de Castilla-La Mancha el número de objeciones asciende a 9.312, correspondiendo 638 a la provincia de Ciudad Real. Hoy mismo, un total de 31 plataformas o asociaciones de padres están presentando a los medios de comunicación los datos autonómicos de objeciones y recursos judiciales en 21 ciudades. Las más de cincuenta mil objeciones presentadas son fruto del coraje de los padres, que han decidido oponerse a un conjunto de asignaturas cuyo propósito es formar la conciencia moral de sus hijos.
«Durante los últimos meses», han asegurado, «los objetores hemos sufrido presiones y amenazas; el Gobierno de la nación y los gobiernos autonómicos de todos los partidos nos han ignorado o acusado de fundamentalistas, intolerantes, rebeldes… En comunidades como Andalucía, la Administración ha llegado a realizar actos presuntamente delictivos como publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad los nombres de los menores objetores. Frente a las persecuciones y amenazas, reiteramos que sólo somos ciudadanos que exigimos respeto a nuestra posición y a nuestros hijos. Nada más».

Los portavoces de estas plataformas se han referido también a la situación judicial relacionada con las objeciones a Educación para la Ciudadanía. «La intransigencia de las administraciones educativas ha obligado a los padres a tener que recurrir a los tribunales, de manera que, a estas alturas, se han acumulado 1575 procedimientos judiciales reclamando el reconocimiento del derecho a la objeción. Concretamente en Castilla-La Mancha se han presentado 344 recursos y los juzgados provinciales de lo contenciosoadministrativo han dictado 12 autos de medidas cautelares que eximen a más de un centenar de niños de cursar la polémica asignatura. A nivel nacional, los tribunales han dictado más de 180 resoluciones favorables a los objetores (entre sentencias y autos de medidas cautelares).

El incremento de objeciones es imparable, como lo es el de resoluciones judiciales favorables. «Los datos que hoy presentamos», han afirmado, «consolidan el movimiento objetor a Educación para la Ciudadanía que se articula desde 107 asociaciones y plataformas a nivel nacional: ahora somos más objetores, estamos más unidos y tenemos un propósito: ni un paso atrás en la defensa de la libertad ideológica, de conciencia y de educación. Confiamos en que el Tribunal Supremo nos confirme el derecho a objetar pero, si fuera necesario, estamos dispuestos acudir al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo».

jueves, 27 de noviembre de 2008

miércoles, 19 de noviembre de 2008

LOS OBJETORES A CIUDADANÍA HAN PRESENTADO 1562 RECURSOS JUDICIALES


159 resoluciones favorecen ya a los objetores

Madrid, 19 de noviembre de 2008. A sólo dos meses del inicio del curso escolar, las asignaturas conocidas como Educación para la Ciudadanía (EpC) ya han sido evaluadas e incluso suspendidas por los tribunales de justicia.

Hoy mismo, la asociación Profesionales por la Ética ha presentado los datos de los recursos judiciales que se han visto obligados a presentar los objetores a EpC en defensa de sus derechos. Generalmente, el proceso judicial se ha iniciado cuando los padres que habían presentado su declaración de objeción de conciencia han recibido un escrito de la Consejería de Educación negándoles la posibilidad de objetar.

Según ha afirmado José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, la intransigencia de las Administraciones educativas y su insensibilidad con un derecho fundamental como es el de la libertad ideológica y de conciencia, ha obligado a los padres a acudir a los juzgados. «Iniciar un proceso judicial», ha afirmado, «es una medida extrema que se adopta cuando la otra parte, en este caso la Administración, ha cerrado todas las puertas a los ciudadanos, negándoles un derecho que no sólo está recogido en la Constitución Española sino también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Según datos recopilados por Profesionales por la Ética, los padres objetores a EpC se han visto obligados a presentar, a fecha de hoy, 1562 recursos judiciales. Por Comunidades Autónomas destacan los casos de Navarra (362), Castilla-La Mancha (344) y Castilla y León (251).

Los tribunales han dictado 43 sentencias favorables a los derechos de los padres objetores en Andalucía (19 sentencias), Aragón (1 sentencia) y La Rioja (23). Además, han emitido 116 Autos de medidas cautelares (resolución provisional que exime a los objetores de asistir a clase de EpC y de ser evaluados hasta que se dicte sentencia) en Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Extremadura.

Por otra parte, según Bazán, se han emitido solamente 3 sentencias en Teruel y Navarra denegatorias del derecho a la objeción a EpC. «Existen otras sentencias, concretamente 30 de Asturias y 1 de Baleares que reconocen el derecho de los padres a objetar pero fallan en contra de algunos casos concretos por falta de pruebas».

La exposición de Bazán ha estado complementada por la de la abogada Pilar Herruzo, defensora de varios padres objetores de Córdoba, quien ha proporcionado las claves jurídicas de las resoluciones favorables a este derecho. En resumen, estas claves son las siguientes:
  • Los Tribunales, con independencia de si han dado o no la razón a los padres, han confirmado que el contenido de Educación para la Ciudadanía incide en las convicciones morales de los padres y alumnos.

  • Todas las sentencias recaídas hasta la fecha han reconocido que, cuando se ve afectado un derecho fundamental, es posible recurrir a la objeción de conciencia aun cuando no exista regulación legal al respecto.

  • Las sentencias que reconocen el derecho a la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía declaran que los alumnos objetores deben quedar exentos de la misma, sin que puedan sufrir ninguna consecuencia negativa en su expediente académico.

Finalmente, ha intervenido Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, quien ha recordado que en esta batalla cívica por los derechos fundamentales se han producido situaciones esperpénticas debido a la insensibilidad del Gobierno y de numerosas administraciones autonómicas. Urcelay ha recordado que en septiembre pasado, la ministra de Educación aseguró que no existía ningún problema con la implantación de Educación para la Ciudadanía. «Ahora podemos preguntarle a doña Mercedes Cabrera si le parecen suficientes problemas 1562 recursos judiciales».

Para el presidente de Profesionales por la Ética, este conflicto social se ha originado exclusivamente por la negativa del Gobierno a escuchar las razones de los objetores apostando, en su lugar, por las amenazas y las presiones a padres y alumnos, llegando a actuaciones presuntamente delictivas como la publicación de los nombres de menores objetores en el Boletín de la Junta de Andalucía.

«La cuestión», concluye Urcelay, «es que miles de ciudadanos responsables han aceptado complicarse la vida por la libertad y por lo más valioso: los hijos; los de todos, los de hoy y los de mañana. Sea cual sea el fallo del Tribunal Supremo, seguiremos adelante mientras haya una sola familia dispuesta a mantener la lucha por su libertad y la de sus hijos. Llegaremos al Tribunal Constitucional o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo; donde sea necesario. Es cuestión de compromiso, tenacidad y paciencia».




jueves, 13 de noviembre de 2008

CIUDADANO ESTÁNDAR

En el debate actual sobre la nueva asignatura “Educación para la Ciudadanía”, sus defensores acostumbran a reducir el conflicto a la disconformidad con algunos de sus contenidos por parte de quienes nos oponemos a su planteamiento actual. A partir de esa simplificación, se nos etiqueta y descalifica en función de los contenidos rechazados.

El problema es más grave. Lo peor de EpC no son sus contenidos, por más que algunos sean discutibles, rechazables e incluso escandalosos. Lo peor de esta Ley Orgánica de la Educación, al imponer EpC, es que sienta las bases para que el Estado condicione el crecimiento personal de los ciudadanos, hasta en su conciencia moral, en sus creencias, en su carácter y en su afectividad.

Cuando se abrió este debate, hace tres años, los partidarios de EpC negaban este extremo. En los últimos meses, personalidades tan destacadas como Peces Barba, J.A. Marina o J. Valverde (ex consejero de Educación de CLM, en el debate en las Cortes Regionales del 17-04-2008) han reconocido abiertamente el propósito de establecer, a través de EpC, una nueva moral pública que reduciría la moral individual al ámbito privado. Este propósito de construcción de la conciencia moral quedó claramente reflejado en el Real Decreto 1631/2006 que fija los contenidos mínimos, objetivos y criterios de evaluación de este grupo de asignaturas.
Con la excusa de que la Educación debe perseguir la formación integral del alumno, el Gobierno actual aprovecha para incorporar a EpC ingredientes como la competencia emocional, la educación de la afectividad, las pautas de relación social del niño, la orientación sexual… prescindiendo del criterio y la responsabilidad de los padres en estas materias.

Por otra parte, camuflados como valores comunes, se intenta inculcar a los alumnos el laicismo, el relativismo ético, el positivismo jurídico, la ideología de género y una visión simplista e interesada del proceso de construcción de los Derechos Humanos, que desembocan en una ética concreta que se nos presenta como universal.

Para entenderlo fácilmente, según este planteamiento la familia entrega al Estado la materia prima: un niño o niña de 10 años (EpC empieza en 5º de Primaria), cuanto menos maduro mejor. El Estado le incorpora todos los ingredientes necesarios: conocimientos formales, pautas de comportamiento social-afectivo-emocional-sexual, criterios éticos, conciencia moral y política, etc. A los 17-18 años, finalizado el proceso, lo entrega a la sociedad, convertido en un perfecto Ciudadano Estándar, políticamente correcto, moderadamente crítico, identificado con el sistema que le ha educado, independiente de la familia que le trajo al mundo (excepto en lo económico) y, por supuesto, laicista, progresista y “moderno”.

Confiemos en que este Estado, que viene fracasando desde hace décadas en el objetivo de dar a los niños una educación de calidad (basta con leer los estudios internacionales y ver dónde queda España), fracase ahora en el propósito de formar ciudadanos a su medida. Si el intento prospera, podemos imaginar los resultados. Abundan los precedentes históricos en que un gobierno ha usurpado el papel educador de la familia, creando modelos humanos estándar, para conseguir diluir la verdadera sociedad en un estado totalitario: la Alemania nazi, la Italia fascista, el comunismo a lo largo y ancho de medio mundo o los países islámicos en que la religión se confunde con el estado. Tampoco faltan ejemplos en la Historia reciente de cómo una democracia puede evolucionar hacia un régimen totalitario a través de su propia degeneración.

Por ello, es preciso defender el protagonismo y la responsabilidad de la familia en la educación de sus hijos, así como el papel subsidiario del Estado garantizando el derecho de todos los ciudadanos a la Educación. Vamos, lo que dicen la Declaración Universal de DDHH, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Constitución Española.

Esperamos de los responsables políticos en materia educativa que dediquen EpC a enseñar a nuestros hijos la Constitución y los Derechos Humanos (toda la Constitución y todos los DDHH, no sólo aquello que le cuadre al gobierno de turno). Podrían empezar dando ejemplo, respetando los derechos constitucionales de los padres en materia educativa y de todos los ciudadanos en cuanto a la libertad ideológica, religiosa y de conciencia. ¿Es mucho pedir?

Manuel Martín-Gaitero López M.
Presidente de Foro Ciudad Real en Libertad.

Artículo publicado en la revista La voz

miércoles, 12 de noviembre de 2008

jueves, 6 de noviembre de 2008

PRIMER FALLO JUDICIAL EN CIUDAD REAL


Todos los fallos judiciales de Castilla-La Mancha
son favorables a los objetores


Madrid, 5 de noviembre de 2008. Hoy se ha conocido que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Realha dictado un auto por el que se decreta la suspensión cautelar de la obligación de cursar Educación para la Ciudadanía a cuatro alumnas de la capital.

Esta resolución judicial se suma a los casi 130 autos y sentencias favorables a los padres objetores de toda España. En Castilla-La Mancha ya se han dictado medidas cautelares favorables a la objeción en las cinco provincias, amparando a un total de ciento veintiocho niños.

Todo ello se produce a pesar de que el pasado mes de septiembre el Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictó una Instrucción por la que ordenaba a los fiscales de los juzgados de esta Comunidad Autónoma “oponerse a las demandas formuladas en relación con la objeción de conciencia, oponerse a las peticiones de los padres en relación con las peticiones de medidas cautelares, y recurrir aquellas decisiones judiciales que fueran contrarias a la decisión del Ministerio Fiscal”.

El contencioso iniciado por estas tres familias ciudadrealeñas se está tramitando por la vía especial de protección de derechos fundamentales. En los fundamentos de derecho, el juez admite los argumentos de las letradas de las familias, Elena Gómez y Carmen Carrión, aceptando que “…el interés público también está en la garantía de los derechos de los ciudadanos cuando estos entienden que se vulneran sus derechos fundamentales”.

En Ciudad Real, los padres que se oponen a la imposición de esta “Educación para la Ciudadanía” han presentado ya, o ultiman en estos días, recursos contencioso-administrativos que afectan a unos 80 niños y a unas 45 familias. La mayor parte de ellos se están acogiendo a la vía especial de protección de derechos fundamentales, solicitando medidas cautelares como las concedidas a estas cuatro niñas.

Las objeciones de conciencia frente a EpC presentadas en toda España superan las 45.000, de las cuales más de 9.000 corresponden a Castilla-La Mancha y de ellas 650 a Ciudad Real.

La asociación Foro Ciudad Real en Libertad espera, desde hace cinco meses, que el presidente Barreda reciba y escuche a los padres objetores. Y sigue reclamando a nuestros responsables políticos que cumplan y hagan cumplir la Constitución, respetando el derecho de los ciudadanos a la libertad ideológica, religiosa y educativa.

viernes, 31 de octubre de 2008

LA JUSTICIA VUELVE A AMPARAR A LOS OBJETORES DE CASTILLA-LA MANCHA


Tres nuevos autos judiciales de Guadalajara declaran a los alumnos exentos de cursar y ser evaluados de estas asignaturas

Madrid, 30 de octubre de 2008. Los objetores al conjunto de asignaturas denominadas Educación para la Ciudadanía están de enhorabuena. Esta semana se dictaba la primera sentencia favorable en Aragón pero hoy mismo se ha conocido que el Juzgado de lo Contencioso -Administrativo nº 1 de Guadalajara acaba de dictar 3 Autos que estiman las medidas cautelares solicitadas por los padres objetores.

Se trata de una medida que exime a los alumnos de asistir y de ser evaluados de alguna de las asignaturas del Área Educación para la Ciudadanía; el fallo es provisional pero ampara a los alumnos hasta que se dicte sentencia. Los citados Autos judiciales suspenden las resoluciones administrativas de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que denegaban la objeción de conciencia a los padres de los siguientes alumnos:
  • Dos alumnos de 4º de ESO de a los que les correspondía cursar Educación Ético-Cívica (el nombre que recibe Educación para la Ciudadanía en 4º de ESO).

  • Alumna de 2º de ESO del Colegio de los Hermanos Maristas a la que le correspondía cursar Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.

Los Autos judiciales no entran a resolver si existe o no derecho a la objeción (ese fallo corresponde a la sentencia) pero reconocen expresamente que los padres demandan objetar a Educación para la Ciudadanía «por poder constituir una vulneración de derechos fundamentales tales como el de educación (artículo 27 de la Constitución Española) o el de la libertad ideológica o religiosa (artículo 16 de la Constitución Española).

Finalmente, los fallos judiciales dictados en Guadalajara suspenden la obligatoriedad de que los alumnos «cursen o sean evaluados en las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía (Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, Educación Ético-Cívica y Filosofía y Ciudadanía)». Además, el Juzgado ordena a la Administración adoptar medidas alternativas que posibiliten la presencia del alumno objetor en el centro escolar mientras sus compañeros reciben Educación para la Ciudadanía.

Es preciso recordar que en Castilla-la Mancha, todos los fallos judiciales han dado la razón, hasta el momento, a los objetores a Educación para la Ciudadanía. Así:

  • El 27 de agosto pasado, un Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Albacete amparaba a 6 alumnos objetores.

  • El 18 de septiembre, un Auto del Juzgado de lo Contencioso –Administrativo nº 2 de Albacete declaraba exentos de Ciudadanía a 52 alumnos.

  • El 24 de septiembre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo emitía un Auto de medidas cautelares favorable a un alumno.

  • El 26 de septiembre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca dictaba un Auto que amparaba el derecho a objetar de los padres de dos alumnos. La novedad de este fallo es que el magistrado aplicaba esta medida cautelar (exención provisional de asistencia y evaluación) al resto de objetores que hubieran iniciado procedimiento judicial en el citado Juzgado. Con esta medida, el Juzgado amparaba los derechos de 62 alumnos.

A todo esto, Castilla-La Mancha es una de las comunidades autónomas con mayor número de objeciones presentadas a Ciudadanía ( 9 049 el 22 de septiembre, según Profesionales por la Ética). Las objeciones y los fallos judiciales inquietan a la Administración castellano-manchega, como demuestran dos hechos:

  • El pasado mes de septiembre el Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictó una Instrucción por la que ordenaba a los fiscales de los juzgados de esta Comunidad Autónoma «oponerse a las demandas formuladas en relación con la objeción de conciencia, oponerse a las peticiones de los padres en relación con las peticiones de medidas cautelares, y recurrir aquellas decisiones judiciales que fueran contrarias a la decisión del Ministerio Fiscal».
  • A mediados de octubre, la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha difundió que un alumno de 4º de ESO de Talavera de la Reina que había sido declarado exento de Ciudadanía por Auto judicial había renunciado a la objeción. Este hecho ha sido desmentido por la madre del alumno y por la Plataforma de padres objetores de Talavera ¿XQTCALLAS?. Lo que se manifiesta es que el Gobierno castellanomanchego tiene que recurrir a infundios y manipulaciones para desacreditar y coaccionar a los padres objetores.

PRIMERA SENTENCIA FAVORABLE A LOS OBJETORES EN ARAGÓN


El Juzgado resuelve que estas asignaturas se oponen a los derechos constitucionales de los padres


Recientemente se ha conocido que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Huesca ha dictado la primera sentencia de Aragón favorable a los padres que han objetado al conjunto de asignaturas denominadas Educación para la Ciudadanía. La sentencia resuelve el recurso presentado por unos padres frente a la Resolución de la Viceconsejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Aragón que les negaba el derecho a objetar a Educación para la Ciudadanía. Aunque los seis hijos del matrimonio no cursan todavía Educación para la Ciudadanía, la sentencia afirma que esta circunstancia “no es motivo para desestimar el recurso ya que los hijos de los recurrentes se verán obligados a cursarlas y precisamente es esa obligación la que genera una lesión de las convicciones morales de los progenitores”.

A lo largo de 18 páginas, la sentencia desgrana los contenidos curriculares del conjunto de materia denominadas Educación para la Ciudadanía, reflejada en los reales decretos estatales y en la legislación autonómica aragonesa. El Juzgado concluye que “estamos en presencia de contenidos y objetivos que se refieren a la formación moral y son ajenos a la decisión de los padres respecto a las convicciones morales y religiosas en las que desean formar a sus hijos”. Los contenidos de las asignaturas englobadas bajo la denominación de Educación para la Ciudadanía “son contrarios al derecho fundamental que les asiste (a los padres) conforme a los artículos 27.3 y 16.1 y 2 de la Constitución Española”.

Así mismo, el fallo judicial recoge la jurisprudencia española en materia de objeción de conciencia (sentencias 53/1985 y 177/1996 del Tribunal Constitucional), así como las recientes sentencias dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (29 de junio y 7 de octubre, respectivamente) que reconocen expresamente el derecho de los padres a objetar a asignaturas obligatorias que dañen sus convicciones religiosas y filosóficas.

La sentencia recuerda igualmente que “de los artículos 16.1 y 27.1 y 27.3 de la Constitución Española resulta el derecho a que se garantice la libertad religiosa e ideológica de todas las personas y, por tanto, resulta el derecho de los padres respecto de sus hijos menores, así como el deber del Estado y todos los poderes públicos de garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”.

Según Fermín Civiac, portavoz de la Plataforma de objetores EPC?... Aragón Va a Ser Que No!, “esta sentencia es una gran noticia para los objetores de Huesca, de Aragón y de toda España. Hasta hora se habían acumulado una docena de Autos judiciales de medidas cautelares favorables a los objetores pero ésta es la primera sentencia que reconoce sus derechos frente a la intromisión del Estado y el gobierno autonómico en la formación de la moral de los alumnos”.
Por su parte, Profesionales por la Ética asegura que, con esta sentencia, los fallos judiciales favorables a los objetores a Educación para la Ciudadanía se acercan a los 130, entre sentencias y Autos de medidas cautelares.

viernes, 17 de octubre de 2008

LOBBIES DE HOMOSEXUALES APOYAN IMPLANTACIÓN DE CIUDADANÍA


Según la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha, el Área de Educación para la Ciduadanía (con asignaturas en 2º y 4º de ESO) y 1º de Bachillerato) solamente enseña Constitución y Derechos Humanos.


Pues otros no piensan lo mismo. Y si no, miren el comunicado de esta asocaición:

7 de septiembre de 2008. Con motivo de la polémica surgida por algunos sectores sociales ultraconservadores ante la implantación de varias asignaturas en el actual Sistema Educativo Español de contenidos Éticos y Cívicos, AB-LESGAY manifiesta que:

  • Debido a las carencias en la educación sobre diversidad afectivo-sexual el grupo de asignaturas denominado "Educación para la Ciudadanía", como son: "Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos" en el 2º curso de la ESO, "Educación Ético Cívica" en 4º de la ESO y "Filosofía y Ciudadanía" en 1º de Bachillerato, y en Educación Primaria, vienen a cubrir en parte esta carencia.

  • Para esto el Ministerio de Educación insertó unos contenidos mínimos, tanto en Primaria como Secundaria, que son: desarrollar la autoestima, la afectividad y la autonomía personal; conocer las normas de convivencia; reconocer la diversidad como enriquecedora de la convivencia; conocer los derechos y obligaciones de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y que obliga a los docentes a trabajar también:- Bloque 2 . Relaciones interpersonales y participación:· La familia en el marco de la Constitución Española.· Valoración crítica de la división social y sexual del trabajo y de los prejuicios sociales racistas, xenófobos, antisemitas y homófobos.

  • Consideramos, pues, adecuados (e incluso mejorables) los contenidos mínimos ético-cívicos de estas asignaturas por ser coherentes con la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha; e imprescindibles en una sociedad en la que la discriminación, la marginación, y las agresiones por motivo de orientación sexual son sancionadas por la legislación y en la que la diversidad afectivo-sexual es ya un hecho cotidiano, que por supuesto, existe también en el interior de su sistema educativo. Y con más motivo, cuando la Ley Orgánica de Educación (LOE), ya en su preámbulo, establece que uno de los objetivos de la Educación ha de ser precisamente "el reconocimiento de la diversidad afectivo-sexual", desarrollando el artículo 27 de la Constitución Española en el que se afirma que "La Educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y deberes fundamentales". Ley (la LOE) avalada por mayoría absoluta en el Congreso, que no fue recurrida por ningún grupo político, cuyos contenidos fueron informados favorablemente por el Consejo de Estado y apoyada por el Consejo de Europa, que emitió una Recomendación a los Estados miembros en el año 2002 instándoles a "hacer de la educación para la ciudadanía democrática un objetivo prioritario de la política educativa y sus reformas".

  • Desde AB-LESGAY felicitamos las iniciativas de todas las instituciones y organismos, especialmente dentro de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que apoyen y/o recurran los autos judiciales, tanto en Castilla-La Mancha como a nivel estatal, para que el desarrollo de estos contenidos ético-cívicos contribuya en mejorar la diversidad y la pluralidad de nuestra sociedad democrática desde su base en el Sistema Educativo.

lunes, 13 de octubre de 2008

123 fallos judiciales amparan a los objetores a Ciudadanía


Madrid, 7 de octubre de 2008. Los Tribunales de Justicia siguen amparando a los objetores al conjunto de asignaturas que constituyen el Área de Educación para la Ciudadanía. Los fallos judiciales que respaldan a los padres que han objetado ascienden a fecha de hoy a 123, sumando sentencias y Autos que estiman medidas cautelares (medidas provisionales que declaran al alumno exento de asistir a clase hasta que se dicte sentencia). El detalle autonómico de los fallos judiciales que respaldan el derecho de los objetores es el siguiente:

  • ANDALUCÍA: 15 sentencias y 70 autos de medidas cautelares (TSJ de Andalucía).

  • ARAGÓN: 2 autos de medidas cautelares del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barbastro, 2 autos de medidas cautelares de los JC nº 3 y 5 de Zaragoza y 6 de Huesca.

  • CASTILLA-LA MANCHA: 2 autos de medidas cautelares de sendos Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Albacete. 1 Auto de medidas cautelares del Juzgado de lo contencioso administrativo de Cuenca. 1 auto del Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Toledo.

  • LA RIOJA: 23 sentencias del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.

  • EXTREMADURA: 1 auto de medidas cautelares.

Según José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, en este momento, los juzgados españoles acumulan 878 recursos de padres que defienden su derecho a objetar a Ciudadanía. La Comunidad con mayor número de recursos es Castilla-La Mancha (229), seguida de Castilla y León (166), Andalucía (149) Comunidad Valenciana (112). Aragón (35), Cantabria (30), Extremadura (4), Islas Baleares (8), La Rioja (23), Cataluña (13), Principado de Asturias (40), Galicia (32), Navarra (30), Murcia (6), País Vasco (1),Es preciso recordar que la mayor parte de los procedimientos judiciales han sido admitidos por la vía de protección de los derechos fundamentales. Este dato es esencial, según Bazán, porque el problema de las asignaturas que conforman Ciudadanía es que pretenden formar la conciencia moral de los alumnos, lo cual constituye una violación del artículo 27.3 de la Constitución Española que garantiza el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones religiosas o filosóficas.

viernes, 10 de octubre de 2008

ENCUENTRO DE JÓVENES POR LA OBJECIÓN


ENCUENTRO DE JÓVENES POR LA OBJECIÓN A EPC
COLEGIO MONTE TABOR. Pozuelo de Alarcón (MADRID). 11 de octubre de 2008.
Convocan: Mójate, Majo

miércoles, 1 de octubre de 2008

EL VERDADERO ROSTRO DE CIUDADANÍA


Profesionales por la Ética denuncia el adoctrinamiento que encierra ese grupo de materias, mostrando contenidos de los libros de texto y de las guías didácticas de algunas editoriales.

REDACCIÓN HO.- El presidente del Gobierno, la ministra de Educación, la secretaria de Estado, la Fundación CIVES, los medios de comunicación prosocialistas y los grupúsculos políticos y mediáticos de extrema izquierda utilizan, casi a diario, toda su maquinaria propagandística, para intentar hacer ver que en las clases del grupo de asignaturas denominado genéricamente Educación para la Ciudadanía tan sólo se dan la Constitución y los Derechos Humanos y que, en consecuencia, nada de adoctrinador hay en sus currículos.


En llamativo contraste con esa imagen idílica, los padres y profesores van descubriendo, a medida que avanza el curso escolar, el verdadero rostro de Educación para la Ciudadanía. Es ésta un área académica que se propone formar la conciencia moral de los alumnos y que comprende, en la ESO, las asignaturas de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (2.º ó 3.º de ESO) y Educación Ético-Cívica (4º de ESO); además, se imparte en 1.º de Bachillerato bajo el nombre de Filosofía y Ciudadanía y se dará en 5.º de Primaria, a partir del curso 2009-2010, también con la denominación de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.

Por medio de un comunicado remitido a HO, Profesionales por la Ética da a conocer, a modo de ilustración de lo que el currículo de ese grupo de materias representa, algunos de los contenidos del libro de texto de la asignatura de 4.º de la ESO de una editorial y un modelo de examen propuesto para alumnos de 2.º ó 3.º de la ESO en una guía didáctica para el profesorado, elaborada por otra editorial diferente.

Educación Ético-Cívica
El libro de Educación Ético-Cívica de 4.º de ESO de Ediciones Serbal, en el apartado Virtudes, pide al alumno que exprese su opinión sobre las siguientes cuestiones:

- «¿Son intolerantes las legislaciones que prohíben el matrimonio entre homosexuales?»
- «¿Es intolerable la prohibición del aborto?»

Este mismo manual dedica otra unidad didáctica al derecho de autodeterminación y, dentro de ella, una página de actividades sobre Quebec, Cataluña y el País Vasco. Sobre dos artículos de opinión a favor de la independencia del País Vasco y Cataluña, se pide que los alumnos «busquen información en los medios de comunicación sobre reivindicaciones nacionales de Cataluña y el País Vasco».

En el libro de Ediciones Serbal, la página dedicada a «creencias» está ilustrada con dos fotografías situadas en paralelo: una caricatura de un miembro del Ku Klus Klan junto a una fotografía de un hombre portando una cruz de madera. En ambas imágenes el personaje aparece encapuchado.

Modelo de examen de Educación para la Ciudadanía

Un material que los padres y el público en general desconocen es el libro del profesor, una guía didáctica a la que solamente acceden los docentes. En él, además de la programación curricular, se sugieren modelos de exámenes y se recomienda el uso de determinados recursos didácticos.

Así, en el libro del profesor para Educación para la Ciudadanía de 2º de ESO de la Editorial Pearson-Alhambra se propone un examen con preguntas como las siguientes:

1. La orientación sexual es:
a) La enseñanza del comportamiento sexual.
b) La psicología de los diferentes sexos.
c) El tipo de personas por el que nos sentimos atraídos sexualmente.

2. La reasignación de sexo consiste en:
a) El proceso de armonización entre el cuerpo y la identidad psicológica.
b) La modificación de la orientación sexual.
c) La modificación de la identidad de género.
3. La identidad de género es:
a) Los comportamientos que la sociedad atribuye a cada género
b) Que todos los géneros tienen los mismos derechos.
c) Que todo género es idéntico a sí mismo.

4. Los profesores:
a) Enseñan solo su materia.
b) No pueden meterse en los valores del alumnado.
c) Enseñan valores y normas.

El libro del profesor proporciona, además, un guión con las respuestas correctas, que supuestamente son las siguientes:

PREGUNTA 1: c).
PREGUNTA 2: b).
PREGUNTA 3: a).
PREGUNTA 4: c).

Además, el libro del profesor de Pearson-Alhambra para 2.º ó 3.º de ESO (alumnos de entre 12 y 14 años) recomienda, como materiales de interés páginas web como las siguientes:

Fabián Fernández de Alarcón, secretario general de Profesionales por la Ética, señala que este tipo de materiales desvelan el carácter adoctrinador de las asignaturas que conforman Educación para la Ciudadanía. «Sin embargo», resalta «lo preocupante no son los libros de texto o los materiales didácticos, sino el planteamiento global de estas materias escolares, que se proponen, según el Real Decreto de contenidos mínimos para la ESO (BOE 5 de enero de 2007), profundizar en los principios de ética personal y abordar contenidos relativos a las relaciones humanas y a la educación afectivo-emocional, o ayudar a los alumnos a construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos.

Para Mª Ángeles Eyries, de Profesionales por la Ética de Madrid, el programa de Educación Ético-Cívica (es decir, la asignatura de Educación para la Ciudadanía de 4.º de ESO), es muy incisivo en aspectos ideológicos, ya que incluye contenidos como los dilemas ético-cívicos, considerando las posiciones y alternativas existentes, los interrogantes del ser humano o los derechos humanos como una conquista histórica inacabada. «Además», explica, esta asignatura de 4.º de ESO, contiene un criterio de evaluación que pretende comprobar «si el alumno comprende el pluralismo moral y si utiliza adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales».

lunes, 29 de septiembre de 2008

Un juzgado de Cuenca exime cautelarmente de cursar EpC a los hijos de todos los objetores que han recurrido ante él

REDACCIÓN HO y EUROPA PRESS.- El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Cuenca ha emitido un Auto en el que adopta la medida de suspensión cautelar de la obligación de cursar Educación para la Ciudadanía (EpC) para los hijos de dos padres objetores. El magistrado hace extensiva la medida cautelar al resto de procedimientos de la misma naturaleza que se han presentado en ese Juzgado.

Este auto es el tercero de esa naturaleza que se ha emitido en Castilla-La Mancha, donde se ha comenzado a impartir esta asignatura en el presente curso. Durante el presente mes de septiembre, los juzgados de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 y n.º 2 de Albacete ya habían emitido sendas resoluciones en las que adoptaban la misma medida cautelar.

Este Auto responde a un recurso presentado el 23 de septiembre por la vía de protección de los derechos fundamentales y contra las resoluciones de la Consejería de Educación y Ciencia por las que se denegó el reconocimiento del derecho de los padres a oponerse, "por razones de conciencia", a que sus hijos asistan a las clases de las materias genéricamente conocidas como EpC.

El Auto menciona en sus razonamientos jurídicos las resoluciones emitidas por los juzgados de Albacete y asegura que los razonamientos de estas salas son "plenamente asumibles" también en este caso, desde la perspectiva cautelar, porque "en la necesaria armonización de intereses contrapuestos que late en este tipo de supuestos", esta medida está "justificada".

Su señoría recuerda que ha habido pronunciamientos dispares por parte de los tribunales superiores de justicia de comunidades autónomas donde esta materia se comenzó a impartir el curso anterior, lo que, unido a que el Tribunal Supremo ha de pronunciarse en un futuro no muy lejano para unificar doctrina, "no hace sino avalar la conveniencia de la adopción de la medida cautelar".

Finalmente, la resolución establece que la adopción de esta medida es extensible, por razones de economía procesal y por la identidad de pretensiones y de circunstancias concurrentes, al resto de los procedimientos que se siguen por este asunto en el mismo juzgado.

Al igual que en los dos Autos de Albacete, el texto de la resolución del juzgado de Cuenca no entra a valorar el fondo del asunto, que tendrá que resolver otro órgano judicial, e insiste en que se trata de una medida cautelar que garantiza los derechos fundamentales de los padres hasta que se resuelva el proceso principal.

FUENTE: http://www.objetores.org/

miércoles, 17 de septiembre de 2008

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PRESENTA EPC



En el inicio del curso 2008-2009, si un profesor del área Educación para la Ciudadanía (Educación para la Ciudadanía o Educación Ético-Cívica) busca materiales de referencia puede encontrarlos en la página web del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Axial, un mundo de valores


Así, por ejemplo, el Ministerio dirigido por Mercedes Cabrera recomienda AXIAL, un portal multimedia (http://www.cnice.mec.es/pamc/pamc_2007/axial/) que ofrece recursos educativos para los docentes del área de Educación para la Ciudadanía.

Axial está organizado en unidades didácticas que tratan de diversos temas; entre ellos: Relaciones, Hábitos saludables, Violencia, Variedad sexual, Familia... Los contenidos de las unidades didácticas se ofrecen mediante definiciones, vídeos breves, actividades, recomendaciones de lecturas y películas, etcétera. Así, en la unidad didáctica sobre Variedad sexual, se incluye un vídeo sobre el Día del Orgullo Gay. En la unidad didáctica Violencia se recomienda un capítulo de la novela "El casting" con textos como el siguiente:

A continuación Miguel comenzó a pensar en algunas cuestiones relativas al sexo. «Es todo un mundo -inició su monólogo interior-. Lo puedes tener sólo o en pareja... o con más... Tu media naranja puede ser masculina, femenina o mitá y mitá... Puedes tenerlo más o menos controlado o puede ocurrir que te obsesione y te coma el coco como ninguna otra cosa.

En la unidad sobre la Globalización, apartado «Ideas» se recomiendan enlaces de activistas antiglobalización comowww.rebelion.org y se apuesta por el movimiento antiglobalización (los que piensan que "es posible otro mundo mejor") frente al capitalismo, causante de graves problemas ecológicos como el calentamiento global.

Los caminos de la felicidad

Otro material didáctico recomendado para el área Educación para la Ciudadanía en la web del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte es la novela Los caminos de la felicidad. (http://w3.cnice.mec.es/eos/MaterialesEducativos/mem2006/caminos_felicidad/novela.html).

Organizada en diversos capítulos; entre ellos, «El cristianismo», en el que se propone como actividad «debatir sobre lo que a su juicio hace y no hace bien la Iglesia católica en nuestros días». En el último capítulo («En la montaña final») se recomiendan dos actividades: una, «visualización de algún reportaje-película relacionado con la sexualidad»: otra, «cada alumno/a diseñará su propia teoría ética de manera sucinta».

En opinión de María Ángeles Eyries, portavoz de PROFESIONALES POR LA ÉTICA DE MADRID, «los materiales didácticos recomendados por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte para Educación para la Ciudadanía y Educación Ético-Cívica» demuestran lo que todo el mundo sabe: que estas asignaturas no tratan solamente de Constitución Española y Derechos Humanos sino que adoctrinan y se introducen de lleno en una formación moral que corresponde a los padres y no al Gobierno de turno.

viernes, 12 de septiembre de 2008

¿PACTO OCULTO FERE-GOBIERNO SOBRE CIUDADANIA?



40 entidades preguntan a FERE si ha pactado con Zapatero sobre las polémicas asignaturas


Madrid, 12 de septiembre de 2008.

40 entidades y plataformas de padres objetores a Educación para la Ciudadanía (EpC) han escrito una carta a Manuel de Castro, Secretario General de FERE (Federación Española de Religiosos de la Enseñanza) para preguntarle acerca del pacto que, según la prensa nacional del pasado 2 de agosto, ha suscrito con el Gobierno sobre las asignaturas que conforman EpC.Según la versión publicada, en el transcurso de la entrevista mantenida por el presidente de Gobierno y el presidente de la Conferencia Episcopal Española se habló de la asignatura Educación para la Ciudadanía. Sobre ésta, y ante la sugerencia del cardenal Rouco de modificar algunos de sus contenidos, Rodríguez Zapatero afirmó (siempre según la crónica periodística) que «existe un acuerdo cerrado sobre esta asignatura (Educación para la Ciudadanía) con la Federación Española de Religiosos de la Enseñanza (FERE)».

Al leer la noticia, un buen número de padres objetores a EpC se mostraron extrañados. Por este motivo, a la vuelta del verano y de cara al curso que se inicia estos días, se han dirigido a FERE para interesarse por el asunto.

Textualmente, las plataformas y asociaciones objetoras, solicitan a Manuel de Castro, «en aras de la debida transparencia en un asunto de tanta trascendencia para el conjunto de la comunidad educativa española», que confirme o desmienta si ese pacto se ha producido. Además, la carta incluye la siguiente petición: «si ese pacto se ha producido, le rogaríamos nos indicase si los padres de alumnos de los colegios adscritos a FERE-CECA (Federación de Religiosos de la Enseñanza y Confederación Española de Escuelas Católicas) tienen conocimiento del mismo. Finalmente, le agradeceríamos nos indicara en qué medida afecta este acuerdo a los padres que han objetado (o piensan hacerlo) a la asignatura Educación para la Ciudadanía».

Fuentes del movimiento objetor frente a EpC han destacado que este pacto, caso de existir, explicaría las contradicciones y ambigüedades que FERE viene manteniendo en relación con el desarrollo e implantación de la asignatura. Una ambigüedad que le ha llevado a «reinterpretar» (a través de sus circulares a los centros afiliados), las notas oficiales de la Conferencia Episcopal Española, que ha rechazado abiertamente el desarrollo realizado por el Gobierno de EpC. Los obispos se vieron obligados a aclarar a los titulares de los centros, mediante carta de 19 de mayo de 2007, las interpretaciones incorrectas de sus notas realizadas en las circulares de la FERE.

Del mismo modo, los padres objetores denuncian la habitual presencia en las jornadas de formación sobre EpC de autores como José Antonio Marina y Carmen Pellicer. los más comprometidos con la imposición obligatoria de la asignatura. Los objetores también se muestran molestos por la beligerancia que los responsables de muchos de los centros afiliados a FERE han mostrado hacia los padres que han presentado la objeción o que, simplemente, han pedido información sobre la nueva asignatura.

Con todo, las plataformas de padres objetores señalan que la resistencia de los centros a informar a los padres va siendo vencida por los presión de los propios padres, que ya han conseguido organizar charlas informativas en algunos de los colegios más emblemáticos de la referida patronal, como son Nuestra Señora del Pilar, San Agustín, Jesús María y Sagrada Familia de Madrid, San Agustín de Valdepeñas, de Ciudad Real, Nuestra Señora del Pilar, de Soria, Hermanos Maristas, de Segovia, etc.

Finalmente y a pesar de la aparente complicidad de la actual cúpula de la FERE con la imposición de EpC, existen ya registradas un buen número de objeciones en sus centros. Un caso significativo es el del Colegio San José de Cluny, de Pozuelo de Alarcón, Madrid, donde se han registrado más de 400 0bjeciones. En tres colegios de FERE de Ciudad Real, se señala desde la plataforma de padres de esta provincia, se han presentado ya más de 200 objeciones. Se trata de los colegios de marianistas, salesianos e Hijas de la Caridad.


ENTIDADES QUE HAN ESCRITO A FERE:


EPC?...ARAGÓN VA SER QUE NO!,CANTABRIA: EDUCACIÓN Y LIBERTAD FORO CIUDAD REAL EN LIBERTAD PLATAFORMA DE PADRES POR EL RESPETO Y LA LIBERTAD EN LA EDUCACION ¿XQ te callas? SORIA EDUCA EN LIBERTAD SALAMANCA EDUCA EN LIBERTAD PADRES POR LA LIBERTAD VALLADOLIDLEON EDUCA EN LIBERTAD CARTAGENA POR LA LIBERTAD DE EDUCACIÓNLA RIOJA EDUCA EN LIBERTAD PADRES EN ACCIÓN (Madrid-Fuencarral) PLATAFORMA DE ABUELOS POR LA FAMILIA PLATAFORMA DE MADRES POR LA LIBERTAD DE EDUCACIÓN VALENCIA EDUCA EN LIBERTAD (VAEL) FERROLANOS POR LA LIBERTAD DE EDUCACIÓN TOLEDO EDUCA EN LIBERTAD BURGOS EDUCA EN LIBERTAD CÓRDOBA EDUCA EN LIBERTAD PLATAFORMA DE PADRES OBJETORES ISLEÑOS JAÉN EDUCA EN LIBERTAD SEGOVIA POR UNA EDUCACIÓN EN LIBERTAD PLATAFORMA LIBERTAD PARA OBJETAR SIERRA NOROESTE DE MADRID GUADALAJARA EDUCA EN LIBERTAD PALENCIA EDUCA EN LIBERTAD TENERIFE EDUCA EN LIBERTAD ZAMORA EDUCA EN LIBETRAD -27PUNTO3-LOS PADRES DECIDIMOS - MADRID PROFESIONALES POR LA ÉTICA FORO DE LAICOS DE ASIDONIA EDUCACIÓN Y PERSONA FORO ESPAÑOL DE LA FAMILIA DE CUENCA ASOCIACIÓN FAMILIAR VIGUESA IPF BALEARES PLATAFORMA OSUNA POR TU LIBERTAD PLATAFORMA NI UN PASO ATRÁS, SEVILLA.RIVAS, LIBRES PARA EDUCAR, MADRID.PLATAFORMA JULIO GÓMEZ PASTRANA, FAMILIAS OBJETORAS DE EL PUERTO CADIZ EDUCA EN LIBERTAD NAVARRA EDUCA EN LIBERTAD PLATAFORMA MALAGUEÑA EDUCACIÓN Y LIBERTAD PLATAFORMA "EPC, NO GRACIAS" DE ARANJUEZ

jueves, 11 de septiembre de 2008

LOS OBJETORES DE MADRID NO ACUDIRÁN A CLASE DE EPC






Madrid, 11 de septiembre de 2008. Esta misma semana los centros educativos de la Comunidad de Madrid están recibiendo una circular de la Consejería de Educación en la que se aborda el conflicto de conciencia que las diferentes asignaturas que conforman EpC ha provocado en numerosos padres. En resumen, la circular de la Consejería:

. Reconoce haber recibido escritos en los que los padres comunican a la Consejería que, “por razones de conciencia” y en ejercicio del “derecho fundamental a la libertad ideológica reconocida en el artículo 16 de la Constitución española” han decidido que sus hijos no asistan a las clases de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos o Educación ético-cívica (ambas materias forman parte del área curricular de Educación para la Ciudadanía, para 2º y 4º de ESO respectivamente).

· Recuerda que la postura de los padres ha sido ya respaldada por Tribunales Superiores de Justicia en otras Comunidades autónomas, que han exigido a las correspondientes Administraciones educativas que declaren exentos a los alumnos objetores de la obligación de cursar esta asignatura.

· Establece que los alumnos objetores deberán ser atendidos durante la clase de Educación para la Ciudadanía o Educación Ético-Cívica dando por hecho que no asistirán a clase. En ese aspecto, la Consejería indica que los objetores deberán realizar un trabajo individual sobre la Constitución española y los valores que la informan, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político y prestar alguna actividad de voluntariado. Esta situación se mantendrá hasta que el Tribunal Supremo dicte sentencia unificando la doctrina en torno a la objeción a Educación para la Ciudadanía.

Para Jaime Urcelay, presidente de PROFESIONALES POR LA ÉTICA, es positivo que se reconozca la existencia de objeciones de conciencia (al menos se han presentado 11 531 en la Comunidad de Madrid) y que se establezcan actividades alternativas que garanticen la adecuada atención educativa. «Sin embargo», asegura, «el Gobierno madrileño debería declarar exentos de estas asignaturas a los objetores ya que ese fue el compromiso que adquirieron en Marzo y que han reiterado en diversas ocasiones tanto desde la Consejería de Educación como desde la propia Presidencia. Más de 30 sentencias de Tribunales Superiores de Justicia y gobiernos como el de La Rioja (gobernado por el Partido Popular) ya han declarado exentos a los alumnos objetores. Además, recordamos a la Comunidad de Madrid que lo que la resolución del Tribunal Supremo no será definitiva; estamos dispuestos a llegar a Estrasburgo en defensa de nuestros derechos fundamentales”.

En todo caso, Urcelay insta a los padres a objetar masivamente en este principio de curso ya que el área de Educación para la Ciudadanía se implanta en toda España.

Las polémicas asignaturas han provocado ya 44 513 objeciones y unos 500 recursos judiciales. A pesar de ello, la ministra de Educación, Política Social y Deporte aseguraba hace unas semanas que “no había ningún problema con Educación para la Ciudadanía y se implantaba normalmente”.

viernes, 5 de septiembre de 2008

LA JUSTICIA DA LA RAZÓN A OBJETORES DE ALBACETE


La Justicia da la razón a familias de Albacete contrarias a Educación para la Ciudadanía.

El auto contempla la suspensión cautelar de la obligación de cursar la asignatura a seis alumnos. La Junta anuncia que recurrirá la decisión y que ésta no influirá en la implantación de la materia

03.09.08 - LA VERDAD

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete ha dado la razón a dos familias albaceteñas contrarias a que sus hijos estudien Educación para la Ciudadanía. El auto contempla la suspensión cautelar de la obligación de tener que cursar la asignatura a seis alumnos y es el primero de este tipo que se da en Castilla-La Mancha.

El Gobierno regional, por su parte, anunció ayer que recurrirá el auto emitido por el juzgado albaceteño y añadió que éste «no tendrá ningún efecto real» sobre la implantación de estas enseñanzas en los centros docentes de la Región, prevista para este curso 2008-2009 en Segundo de ESO.

Según recordó la Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos (Concapa) de Albacete, la Consejería de Educación empezó a contestar este verano los primeros recursos planteados por familias que se oponen a la asignatura, alegando que los padres «no tienen derecho a objeción».

Debido a ello, «en agosto se presentaron los primeros contenciosos por una vía judicial rápida de protección de derechos fundamentales, que es donde se ha producido este primer auto de medidas cautelares».

A juicio de la presidenta de Concapa Albacete, Caridad Navarro, la decisión judicial «es otro espaldarazo más para los padres objetores, que no inventamos nada ni somos extremistas sino que, simplemente, somos padres bien informados dispuestos a defender nuestros derechos».
En opinión de Navarro, el hecho de que Educación para la Ciudadanía sea obligatoria y evaluable «va contra la Constitución», añadiendo que «aunque muchas editoriales han suavizado los contenidos por razones comerciales, los decretos dicen bien claro que nuestros hijos serán evaluados de acuerdo a las opiniones y actitudes que esta asignatura quiere inculcar al margen de los padres. Esto constituye un ataque a su intimidad, así como al derecho a no declarar sobre contenidos de conciencia y al derecho de los padres a tutelar la formación de los hijos (artículo 27.3 de la Constitución), algo inaceptable y propio de Estados totalitarios».

Sentencias favorables
Según Concapa, actualmente el movimiento objetor cuenta con 40 sentencias favorables de los tribunales superiores de Andalucía, La Rioja y Aragón, y con más de 70 autos judiciales accediendo a medidas cautelares como las del Juzgado de Albacete.

El Gobierno de Castilla-La Mancha señaló que «aunque respeta todas las decisiones judiciales» recurrirá el auto del juzgado albaceteño porque «no está de acuerdo en los términos en que se produce, al no compartir la urgencia alegada en el mismo, toda vez que sólo uno de estos seis alumnos cursará una de las materias objeto del recurso, que no se trata de Educación para la Ciudadanía sino de Educación ético-cívica de Cuarto de la ESO».

2008/2009: el curso en que nos enfrentamos a EpC


Manuel Martín-Gaitero, presidente de Ciudad Real en Libertad

La próxima semana comienza el curso escolar en Primaria y la siguiente en ESO y Bachillerato. El nuevo curso nos trae una nefasta novedad: el paquete de asignaturas “Educación para la Ciudadanía” que, con la intención común de formar la conciencia moral de los niños y diversa denominación según nivel, se estrenan en 2º y 4º de ESO y en 1º de Bachillerato.

A esta fecha, la situación del conflicto que enfrenta a familias y administración educativa por este motivo es la siguiente:

  • 44.000 objeciones de conciencia en España, de las cuales corresponden 9.000 a Castilla-la Mancha y, de ellas, 600 a Ciudad Real.

  • 22 sentencias en La Rioja, 10 en Andalucía y 2 en Aragón reconocen el derecho de los padres a la objeción de conciencia frente a EpC, a las que hay que añadir medio centenar de medidas cautelares eximiendo de estas asignaturas a los hijos de las familias que esperan sentencia. Una más en Andalucía revoca parcialmente los contenidos de la asignatura. Centenares de recursos contencioso-administrativos entran estos días en los tribunales y juzgados de toda España.

  • Dos CCAA reconocen ya directamente el derecho a la objeción de conciencia frente a EpC: Madrid y La Rioja. Otras, como Valencia y Murcia, lo hacen de modo más ambiguo. Se espera que el PP unifique criterios en los próximos días.

  • Los padres objetores de Ciudad Real llevan tres meses esperando ser recibidos por el presidente de Castilla-La Mancha para tratar este tema. Barreda ha cesado como consejero de Educación a Valverde, que demostró una postura intransigente y radical en el debate sobre EpC en las Cortes regionales el pasado abril. Esperamos que el nuevo equipo de gobierno regional muestre mejor talante, inteligencia política para no agravar el conflicto y respeto a los derechos constitucionales de las familias.

  • Mientras tanto, la mitad de los colegios religiosos de la provincia han elegido el libro de texto de Educación para la Ciudadanía que recomendó el presidente Zapatero en el debate en el Congreso: el manual de SM cuyo autor es J. A. Marina. ¿En eso consiste la adaptación de la asignatura al ideario católico que prometieron estos centros a los padres de sus alumnos? Y por cierto, en estos tiempos de crisis económica y recortes en la Junta de Comunidades, ¿podría decirnos la Consejería de Educación en cuánto va a aumentar la factura del programa de gratuidad de los libros de texto, gracias a las nuevas asignaturas del lote EpC?

    Es probable que el Tribunal Supremo unifique doctrina sobre este asunto antes de que acabe el curso, consolidando las resoluciones de la mayoría de los Tribunales territoriales que ya han reconocido el derecho a la objeción de conciencia aplicado a esta materia. Ojalá no fuera necesario que la Justicia tenga que recordar a nuestros gobernantes que están obligados a cumplir y hacer cumplir la Constitución, incluyendo la libertad ideológica y religiosa de los ciudadanos y el derecho de los padres a decidir la educación moral de sus hijos.

    El gran reto de nuestro sistema educativo (responsables políticos, profesores, familias) es elevar la calidad de la enseñanza española a niveles homologables con el resto de Europa. No perdamos tiempo, esfuerzo y dinero en proyectos de ingeniería social mal disimulada. Si nos centramos en lo primero, descartando lo segundo, nuestros hijos tendrán una buena educación, serán personas, serán ciudadanos de un país verdaderamente democrático. Tal vez entonces recordemos con satisfacción el curso en que nos enfrentamos a Educación para la Ciudadanía.

miércoles, 30 de julio de 2008

¿CHAVES O CHAVEZ?



COMUNICADO DE PRENSA DE POPULR TV CON MOTIVO DE LA CONCESIÓN DE LICENCIAS DE TDT LOCAL POR PARTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

La decisión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por la que se han otorgado 163 concesiones de Televisión Digital Terrestre (TDT) de ámbito local y gestión privada, hecha pública este martes 29 de julio, supone una discriminación al Grupo COPE que ha desarrollado desde el año 2001 una de las redes de televisión local de referencia. Las concesiones, dadas a conocer este martes, favorecen a los grupos mediáticos más afines al Gobierno de Manuel Chaves e impulsan una concentración contraria al pluralismo informativo. Popular TV que concurría en las demarcaciones de Málaga, Sevilla y Córdoba, a través de iniciativas en las que participaban las tres diócesis, no ha resultado adjudicataria de ninguna licencia. Las emisoras de televisión del Grupo COPE tienen una gran implantación en las ciudades de Sevilla y Málaga, emiten desde hace seis años una amplia programación de proximidad y han creado numerosos puestos de trabajo que son puestos en peligro por esta decisión. En las tres capitales andaluzas el respaldo que ha dado la audiencia a Popular TV ha sido masivo. La Junta de Andalucía no ha tenido en cuenta para sus adjudicaciones el trabajo a favor de una televisión local de calidad que el Grupo COPE viene realizando y ha preferido, en algunos casos, conceder licencias a empresas y grupos de comunicación que no tienen experiencia en la producción y emisión de televisión y que no están generando empleos en el sector. Algunas de las emisoras que han obtenido licencias emiten habitualmente pornografía.

Preocupante es la concentración de medios que se produce tras estas concesiones, especialmente a favor del entorno del Grupo Prisa. La Junta de Andalucía en su momento concedió canales de TDT autonómicos a Localia y Vocento. Ahora la Junta de Andalucía concede licencias locales a Agrupación Radiofónica, una empresa que participa en el capital de Localia, en demarcaciones con mucha población como las de Algeciras, Cádiz, Huelva, Sevilla, Málaga y Córdoba.
Popular TV va a emprender acciones legales contra la decisión tomada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en la concesión de las licencias locales de TDT.

NI UN PASO ATRÁS (NUEVA VERSIÓN)

martes, 22 de julio de 2008

18 sentencias de TSJ respaldan ya a los objetores a EPC








El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria da un primer paso favorable a los objetores.

REDACCIÓN HO.- Entre el jueves 17 y el viernes 18 se han conocido 14 nuevas sentencias emitidas por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en favor de los objetores a Educación para la Ciudadanía (EpC). Estas resoluciones se unen a la sentencia dictada por el mismo Tribunal el pasado 8 de julio.

Además, según informa Profesionales por la Ética en un comunicado, en los últimos días de la pasada semana también han sido notificados dos autos de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de Cantabria que han ha dado la razón a varios padres objetores en cuanto a la vía elegida para la tramitación del procedimiento jurídico. En dos autos fechados el 15 de julio, el Tribunal cántabro resuelve la impugnación presentada por los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria, en la que se negaba que en las resoluciones de la Consejería de Educación denegando el derecho de objeción de los padres hubiera indicios de violación de derechos fundamentales.

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria entiende en estos autos que los derechos que los padres entienden vulnerados con esta asignatura sí son derechos fundamentales, reconocidos como tales en nuestra Carta Magna. Afirma igualmente que los recurrentes no sólo han individualizado dichos derechos indicando expresamente cuáles son, sino que además realizan "una exposición de los argumentos que fundamentan el recurso interpuesto, vinculado a los artículos 16.1 y 27.3 de la Constitución Española en los que se recogen los principios de libertad ideológica y religiosa y el derecho que asiste a los padres para que reciban la formación religiosa y moral de acuerdo con sus convicciones que estiman se vulneran con el estudio de las asignaturas de Educación para la Ciudadanía". Concluye el Tribunal su resolución indicando que al hacer referencia los recursos a la posible vulneración de derechos fundamentales, su tramitación debe continuar por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, tal y como solicitaban los padres objetores.

Como explica, José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria se ha decidido a seguir el camino emprendido por los tribunales superiores de justicia de Andalucía y La Rioja. Estos tribunales primero admitieron los procedimientos jurídicos por la vía de protección de los derechos fundamentales, después permitieron (mediante autos de medidas cautelares) que los hijos de los objetores no acudiesen a clase de EpC y finalmente dictaron sentencia favorable al derecho de los padres a objetar a la asignatura.

El Tribunal riojano, por su parte, ha resuelto ya quince demandas de padres objetores a EpC. En La Rioja, sin embargo, la polémica asignatura no se implantará hasta el próximo mes de septiembre. Además, el Gobierno riojano (en manos del Partido Popular) ha asegurado que en los decretos autonómicos de la materia había suprimido los contenidos ideológicos o adoctrinadores y por tanto no cabía objeción de conciencia alguna a la asignatura, tesis claramente desautorizada por el TSJ.

Las sentencias del TSJ de la Rioja se suman así a las tres dictadas por el TSJ de Andalucía. Las resoluciones andaluzas fueron las primeras en reconocer la objeción de conciencia frente a la asignatura. En los tres casos, el TSJ andaluz aplicó los derechos constitucionales y la jurisprudencia española así como la jurisprudencia más vanguardista del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Así, recordó que el interés público consiste, precisamente, en garantizar los derechos, lo que "justifica la existencia del Estado y sus potestades".

Nuevos argumentos jurídicos

Como explica Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, las sentencias de La Rioja introducen, además, algunas novedades jurídicas que, sin duda, desmontan los argumentos de los que han negado la posibilidad de objetar a EpC. Las 15 sentencias del Tribunal riojano recogen, como novedad respecto a Andalucía, los siguientes argumentos:
  • No es de recibo afirmar que fuera de la previsión del artículo 30 de la Constitución española (objeción de conciencia para la exención del servicio militar) no cabe la objeción de conciencia y, por tanto, no pueden eficazmente alegarse las propias creencias o convicciones de los padres para obtener la exención de la obligatoriedad de que sus hijos menores cursen una asignatura, cuyos contenidos, objetivos y criterios de evaluación resultan radicalmente contrarios a sus ideas, creencias y convicciones.
  • Como ha destacado la doctrina, con la Constitución española de 1978 se ha querido ofrecer un estatuto completo de la libertad, efectivo por sí mismo, que no necesita de ningún complemento para ser operativa inmediatamente.
  • Como quiera, además, que la objeción de conciencia es un derecho fundamental integrante del derecho fundamental de libertad ideológica, ha de concluirse que la inexistencia de ley que regule la objeción planteada en este caso no es obstáculo que impida la admisión del presente recurso, donde a través de tal objeción se solicita, motivadamente, la tutela de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 16 y 27.3 de la Constitución.
  • El desarrollo de la personalidad ha de ser libre -artículo 10. 1 de la Constitución Española-, de modo que resulte de los actos y las actitudes elegidas a lo largo de la vida de las personas desde su infancia, es decir, durante el proceso de formación de la personalidad. Y precisamente porque esto es así, es por lo que el artículo 27.3 de la Constitución española hace referencia al derecho de los padres a decidir sobre la formación moral de sus hijos, pues a éstos es a quienes corresponde la función de educarlos -artículo 154 del Código civil-, en orden al desarrollo de la personalidad de aquellos.
  • El artículo 27.2 de la Constitución dispone que "La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales". La Constitución no distingue entre una "ética pública", supuestamente amparada en dicho precepto, y una "ética privada", supuestamente amparada en el artículo 27.3. El artículo 27.2 autoriza la regulación de una educación para la ciudadanía en la que el libre desarrollo de la personalidad debe ser compatible con el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
  • La supuesta dualidad ética pública - ética privada no tiene el menor amparo constitucional. La conducta humana de cada persona se rige por las normas de una sola ética, con la que se resolverá el juicio moral concreto sobre cada acción de las personas.
  • Los ámbitos de los artículos 27.2 y 27.3 de la Constitución no son, paralela y respectivamente, los de una moral pública y una moral privada, sino que el ámbito del artículo 27.2 se refiere sólo al respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, pero estos principios, derechos y libertades no son más que una parte de la denominada moral pública. Y de admitirse este concepto, el ámbito del artículo 27.3 de la CE abarcará la moral pública en todo lo demás que no sea ese respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, y abarcará también la completa moral privada.
  • La difusión por el Estado a través del sistema educativo de la denominada ideología de género, no se ajusta al artículo 27.3, que cuando garantiza el derecho de los padres para que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones, "está estableciendo una órbita de libertad privada y de terreno acotado para el poder público, impidiendo formaciones ideológicas imperativamente predispuestas desde el Estado" (Auto del Tribunal Constitucional 276/1983).

Para Urcelay, "el respaldo judicial a los objetores a Educación para la Ciudadanía es, a estas alturas, incuestionable y sienta jurisprudencia. En los próximos días es probable que se conozcan más sentencias favorables ya que se han dictado autos (resoluciones provisionales) que permiten que los hijos de padres objetores a la asignatura no entren a clase de EpC en Andalucía, La Rioja y Huesca. Va siendo hora de que el Gobierno y las administraciones autonómicas den algún paso para resolver este conflicto que se ha producido, precisamente, por falta de diálogo y voluntad de consenso".

martes, 8 de julio de 2008

¿QUÉ HAY DE NUEVO EN EPC?


José Blanco considera que EpC es necesaria para aprender a usar el preservativo mientras la polémica asignatura sustituye a Ética en 4º de ESO


A estas alturas del año, todavía hay quien piensa que la polémica Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) es una asignatura. Realmente, se trata de un área de contenidos que agrupa a su vez a varias materias escolares.

EDUCACIÓN ÉTICO-CÍVICA

Así, una de las novedades del próximo curso escolar es que EpC se implantará, con carácter obligatorio, en toda España en 3º o 2º de ESO (a criterio de cada comunidad autónoma), en 4º de ESO y en Bachillerato. En esta última etapa la asignatura mantiene en parte los antiguos contenidos de Filosofía I aunque cambia su nombre por el de Filosofía y Ciudadanía.

La culminación ideológica de EpC en Educación Secundaria se llama Educación Ético-Cívica. Se impartirá por primera vez durante el curso 2008-2009 en 4º de ESO en todas las comunidades autónomas. Esta nueva materia, al igual que EpC de 3º o 2º de ESO, incluye objetivos como «profundizar en los principios de ética personal» y abordar «contenidos relativos a las relaciones humanas y a la educación afectivo-emocional», o ayudar a los alumnos a «construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos». Sin embargo, Educación Ético-Cívica incorpora algunas novedades. Así, en el decreto de contenidos mínimos dictados por el entonces Ministerio de Educación (BOE 5 de enero de 2007), esta asignatura incluye contenidos como «los dilemas ético-cívicos, considerando las posiciones y alternativas existentes», «los interrogantes del ser humano o los derechos humanos como una conquista histórica inacabada». Igualmente, Educación Ético-Cívica pretende comprobar «si el alumno comprende el pluralismo moral y si utiliza adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales».

Como sucede con todas las materias escolares, a partir de los contenidos mínimos establecidos por el Gobierno central, las comunidades autónomas establecen sus propios contenidos. Y este desarrollo autonómico ofrece algunas novedades.

Así, por ejemplo, el decreto gallego que desarrolla Educación Ético-Cívica (Diario Oficial de Galicia, 13 de julio de 2007) establece que los alumnos deberán identificar las principales etapas en la conquista de los derechos humanos, incluida la «tercera generación de derechos». La misma Comunidad introduce un criterio de evaluación que comprobará «si las alumnas y los alumnos entienden y aceptan la propia identidad como algo construido y no dado, que es posible redefinir».

Por su parte, el decreto del Gobierno vasco que desarrolla EpC (BOPV, 13 de noviembre de 2007) afirma que, con esta materia obligatoria, «el alumnado se enfrentará a situaciones que exigen tomas de posición y juicios de valor, lo que potencia la actividad crítica sobre los propios valores y conductas». Concretamente, Educación Ético-Cívica, en su versión vasca, se centra en «la construcción de valores morales ligada a la educación del juicio moral». Esta asignatura incluye también el concepto de «orientación sexual» y establece, como criterio de evaluación, que el alumno «proporcione diferentes respuestas a una misma situación éticamente problemática de acuerdo a diferentes teorías éticas».

La Comunidad de Aragón (BOA, 1 de junio de 2007), por su parte, establece una metodología específica de trabajo para Educación Ético-Cívica en la que el alumno «trabajará temas que impliquen conflictos de valores o presenten aspectos controvertidos desde el punto de vista social». Partiendo de situaciones reales o hipotéticas, los alumnos abordarán problemas morales, por escrito o de forma oral, plasmando sus reflexiones con argumentos razonados.

Educación Ético-Cívica en el Principado de Asturias y la Comunidad de Cantabria (BOPA, 12 de julio de 2007 y BOC, 25 de mayo de 2007) pretenden evaluar si los alumnos emplean adecuadamente la argumentación sobre dilemas y conflictos morales «y su grado de conocimiento y respeto a las posiciones divergentes de los interlocutores tanto en el aula como en el ámbito familiar y social».

Cataluña, por su parte, incluye entre sus contenidos de Educación Ético-Cívica (DOGC, 29 de junio de 2007), «la interpretación del significado histórico y plural de las pautas culturales y valores morales de los individuos y las sociedades actuales».

Para Fernando López Luengos, profesor de Filosofía, «hasta ahora, la asignatura de Ética había respetado la neutralidad ideológica del sistema educativo. La Ética como ciencia, trata del bien en general y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia. Se trata pues de la reflexión que nos conduce al descubrimiento del sentido de la vida y a la felicidad como plenitud humana. Por su contenido y por sus objetivos es una de las disciplinas que más directamente afectaría a la dimensión íntima personal que nuestra Constitución protege como elemento esencial de una convivencia democrática plural. Por este motivo», asegura, «la enseñanza de la asignatura de Ética en la LOGSE se limitaba a una enseñanza filosófica (por lo tanto, crítica, racional) que en nada pretendía entrar en la dimensión personal del alumno. Se pretendía enseñar Ética y no una ética, reflexionar sobre las teorías éticas y no construir la conciencia moral de los alumnos desde los supuestos de una teoría ética concreta. Esto es algo evidente que los profesores hemos respetado con absoluta naturalidad».

Para Fabián Fernández de Alarcón, secretario general de PROFESIONALES POR LA ÉTICA, es muy evidente que Educación Ético-Cívica se introduce de lleno en la moral personal y familiar de los alumnos. «A éstos», asegura, «se les va a examinar no de su conocimiento de las teorías éticas a lo largo de la historia sino de sus criterios morales y los de su familia, lo cual supone una intromisión y un adoctrinamiento inaceptables».

EpC SEGÚN SUS DEFENSORES

Por otra parte, fuentes de la asociación PROFESIONALES POR LA ÉTICA aseguran que la cara real de EpC la muestran sus defensores. Así, a título de ejemplo:

* José Blanco, secretario general del PSOE, aseguró que para detener el aborto era necesario aumentar la información sobre el uso de métodos anticonceptivos, un asunto que, según el dirigente socialista, algunos rechazan que esté en EpC (Forum Nueva Economía, 25 de junio de 2008).

* José Luis Pérez Iriarte, ex director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, afirmó en una comparecencia pública en el Ministerio de Educación (6 de junio de 2006) que con EpC «se trata de transmitir un cuerpo de conocimientos que permita manejarse en el conjunto de la ciudadanía pero sobre todo de educar en comportamientos y actitudes propios de la educación ciudadana». En efecto, en los criterios de evaluación en ESO se evalúan «las habilidades sociales adquiridas» o «los comportamientos», lo que denota las pretensiones ideologizantes de la asignatura.

* Alejandro Tiana, secretario de Estado de Educación en la anterior legislatura, aseguró, en defensa de EpC como proyecto de educación moral, que «el principio de que la educación sea subsidiaria respecto a las familias no es un principio aceptable para un sistema educativo moderno». (Comparecencia pública en Vitoria el 8 de marzo de 2006).

* Los lobbies homosexuales han reivindicado la implantación de EpC. Así, este año, en vísperas del Día del Orgullo Gay, el presidente de los Gays y las Lesbianas de la Rioja, Francisco Pérez Diego, ha exigido de nuevo «una completa educación afectivo-sexual y de identidad de género, con particular atención a la diversidad y que además garantice que la asignatura de Educación para la Ciudadanía se imparta, sin mutilar sus contenidos, en todos y cada uno de los colegios, escuelas e institutos del Estado». Pedro Zerolo, miembro de la ejecutiva socialista, ya había afirmado que «queremos promover un pluralismo moral que acuerde una plena igualdad para los gays y las lesbianas. En esta perspectiva, la nueva asignatura de Educación para la ciudadanía es un paso de gigante». (Famille Chretienne, 18 noviembre 2006).

* José Antonio Marina, autor del manual de EpC de la editorial SM (la preferida por los colegios de FERE), justifica la necesidad de esta asignatura porque «las familias, en muchos casos, son las más eficaces transmisoras de prejuicios religiosos, políticos, raciales, etc.» El filósofo asegura también que «El Estado debe encargarse de facilitar a todos nuestros jóvenes aquella educación que la sociedad considera necesaria para el desarrollo de los proyectos personales». (Idea de La Mancha, publicación de la Consejería de Educación de Castilla La Mancha nº 6).

«En definitiva», asegura Fabián Fernández de Alarcón, «eso de que EpC trata sobre la Constitución Española y los Derechos Humanos no es más que un pretexto para imponer a los alumnos determinados valores e ideologías que se presentan como una ética común cuando en realidad son posiciones morales y valores de algunas personas. Y esa es la cuestión fundamental que se trata de ocultar a los padres».